DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 2/DGSOCAI/23
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 16 de agosto de 2023
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires; las Leyes N° 3 y 6.292 (textos consolidados por Ley N°
6.588); el Decreto N° 463/19; la Resolución Conjunta
N°1-JGGC-SECLYT/23, la Disposición N° 56-GCBA-MGEYA/23; el Expediente
Electrónico N° 28.387.294-GCABA-MGEYA/23 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo N° 137 de la Constitución de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, consagra a la Defensoría del Pueblo
como órgano unipersonal, independiente, con autonomía funcional y
autarquía financiera, entre otros caracteres;
Que la Ley N° 3 establece su funcionamiento y lo
faculta mediante los artículos N° 13 y N° 36 para solicitar informes,
vista de expedientes, documento, antecedente, etc., como así también a
efectuar advertencias, recomendaciones, recordatorios de los deberes
de los funcionarios, y propuestas para la adopción de nuevas
medidas, todo ello ante distintas reparticiones del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Resolución Conjunta N° 1-JGGC-SECLYT/23
estableció que los trámites y actuaciones procedentes de la Defensoría
del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán ser
ingresados única y exclusivamente por la Dirección General Mesa de
Entradas, Salida y Archivo, dependiente de la Secretaría Legal y
Técnica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por artículo 4° de la Disposición N°
56-GCABA-MGEYA/23 se determinó que los trámites y actuaciones de la
Defensoría de Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que sean
presentaciones que requieran seguimiento por la Dirección General de
Organismos de Control y Acceso a la Información (DGSOCAI), serán
caratuladas por la Dirección General Mesa de Entradas, Salida y Archivo
(MGEYA) y enviadas a la Dirección General de Organismos de Control y
Acceso a la Información (DGSOCAI), según el procedimiento que ambas
Direcciones establezcan;
Que por la Ley N° 6.292 (Texto consolidado por Ley
N° 6.588) se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, incluyendo a la Secretaría Legal y Técnica
y al Ministerio de Gobierno como parte del Poder Ejecutivo;
Que por su parte el Decreto N° 463/19 y sus
actualizaciones aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose dentro de la órbita de la mentada Secretaría a la
Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo y dentro de la
órbita del Ministerio mencionado a la Dirección General Seguimiento de
Organismos de Control y Acceso a la Información, dependiente de la
Subsecretaría de Asuntos Políticos;
Que la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y
Archivo tiene entre sus responsabilidades primarias "organizar y
supervisar la Mesa General de Entradas, Salidas y Archivos del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; organizar la recepción,
seguimiento y distribución de documentos y expedientes del gobierno;
caratular los expedientes e implementar mecanismos para la
descentralización administrativa. Además de planificar, administrar y
ejecutar las actividades de digitalización y gestión institucional en
coordinación con otras áreas competentes";
Que, por su parte, la Dirección General Seguimiento de Organismos de Control y
Acceso a la Información posee entre sus
responsabilidades primarias las de "coordinar las relaciones con los
organismos de control en materia de requerimientos de información,
documentación y colaboración, administrar el sistema de recepción y
tramitación de requerimientos provenientes de los organismos de
control, así como también proyectar e implementar un adecuado circuito
de derivación de los informes producidos por los organismos de
control";
Que resulta necesario implementar un mecanismo ágil
que permita consolidar las tareas conjuntas llevadas a cabo entre la
Defensoría del Pueblo de la Ciudad de
Buenos Aires y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, por tal motivo, corresponde regular el
procedimiento para el ingreso, derivación y tramitación de los
requerimientos y las recomendaciones provenientes de la Defensoría del
Pueblo de la Ciudad en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires que requieren la intervención de la Dirección General
Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la Información en el
marco de sus competencias;
Que, en virtud de lo hasta aquí expuesto, y en
atención a las competencias mencionadas, resulta imprescindible que la
Dirección General Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la
Información y la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y
Archivo aúnen esfuerzos y propicien el procedimiento para el adecuado
ingreso, derivación y tramitación de aquella documentación emanada
de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires.
Por ello, de acuerdo con las facultades que les son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE SEGUIMIENTO
DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
Y EL DIRECTOR GENERAL DE MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO
DISPONEN:
Artículo 1°. – Aprobar el "Procedimiento para el
Ingreso, Derivación y Tramitación de los Requerimientos y
Recomendaciones provenientes de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad
de Buenos Aires al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires",
que requieran seguimiento por la Dirección General de Organismos de
Control y Acceso a la Información (DGSOCAI), el como Anexo I
(IF-2023-30670834-GCABA-DGSOCAI) forma parte integrante de la presente
Disposición.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios,
Secretarías, Subsecretarías, Direcciones Generales y Organismos
Descentralizados del Poder Ejecutivo, a la Sindicatura General de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, a la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos
Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección
General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo dependiente de la
Secretaría Legal y Técnica. Cumplido,archívese. Panera - Díaz Ortiz
ANEXO I
Anexo - PE-DIS-MGOBGC-SECLYT-DGSOCAI-2-23-ANX.pdf