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Inicio - Sistema Institucional y Político - Organos de Control - Defensoría del Pueblo
 
Organos de Control
Defensoría del Pueblo


Visto el informe presentado por el Secretario Ejecutivo del Centro de Formación Judicial, mediante Memo CFJ N° 80/08, con relación a la firma de un Convenio Marco de Cooperación Asistencia Técnica y Complementación con la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires y,

CONSIDERANDO:

Que los objetivos del convenio se encuentran entre las funciones y misiones de ambas entidades;

Que ello no supone erogación alguna por parte del Centro de Formación Judicial ni por el Consejo de la Magistratura;

Que la Secretaría Ejecutiva del Centro de Formación Judicial evalúa positivamente la propuesta, y señala que el convenio se ajusta a lo establecido en el artículo 44 de la Ley N° 31 y a los términos de la Resolución CM N° 37/06;

Que a los efectos de integrar la Unidad de Coordinación necesaria para la mecánica del convenio resulta conveniente designar al Secretario Ejecutivo del Centro de Formación Judicial, Dr. Eduardo Molina Quiroga, como miembro titular y como miembro alterno al Director de Formación Judicial y Administrativa, Dr. Carlos María Parise;

Por ello,

EL CONSEJO ACADÉMICO DEL CENTRO DE FORMACIÓN JUDICIAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase la celebración de un Convenio de Cooperación, Asistencia Técnica y Complementación con la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, en los términos del modelo que como Anexo I integra la presente.

Artículo 2° - Desígnase al Secretario Ejecutivo del Centro de Formación Judicial, Dr. Eduardo Molina Quiroga, como miembro titular en representación del Centro de Formación Judicial, de la Unidad de Coordinación de dicho convenio y como miembro alterno al Director de Formación Judicial y Administrativa, Dr. Carlos María Parise.

Artículo 3° - Regístrese, comuníquese al Consejo de la Magistratura, hágase saber a la Oficina de Administración y Financiera del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la institución cocelebrante, publíquese en el Boletín Oficial y en la página web del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, oportunamente, archívese.


ANEXOS

ANEXO I


https://boletinoficialpdf.buenosaires.gob.ar/util/imagen.php?idn=115379&idf=1

https://boletinoficialpdf.buenosaires.gob.ar/util/imagen.php?idn=115379&idf=2







 

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