Decreto 413/ 1998
Publicado en el B.O. Nº 427 el 1998-04-16
Sumario:
Exceptúanse de lo dispuesto en el art. 1º del Decreto 755/97, (B.O. 227 ) a las contrataciones que se efectuen de acuerdo a las facultades otorgadas en el art. 3º del Decreto 534/97 (B.O. 211).