Sumario
TRIBUTOS- REVALUO INMOBILIARIO- PRECEDENTE NO APLICABLE- DEBERES DE LA ADMINISTRACIÓN- NOTIFICACION DEL ACTO ADMINISTRATIVO- DERECHO DE DEFENSA- FALTA DE PRUEBA
Si al iniciar su demanda la actora no acompañó ninguna constancia documental referida concretamente al acto por medio del cual se dispuso revaluar su propiedad, así como tampoco las boletas expedidas por las diferencias generadas en consecuencia, este extremo impide corroborar cómo fue la actividad desplegada por la Administración y, por ello, torna inaplicable la doctrina referida a la ilegitimidad del accionar de la Administración al revaluar los inmuebles, porque no se notificaba a los propietarios los antecedentes ni las razones que originaban la nueva valuación, vulnerando por ende su derecho de defensa (entre otros precedentes, in re "Metales Idiart S.A. c/GCBA s/acción meramente declarativa", Expte. EXP. n.º 2037; "Lima 385 S.A. c c/GCBA s/acción meramente declarativa", Expte. EXP. n.º 484, ambas sentencias de fecha 8 de agosto de 2003; y "Asociación de Intercambio Cultural c/G.C.B.A. s/acción meramente declarativa", sentencia del 5 de marzo de 2004).
DATOS: C.A. Cont. Adm. y Trib. C.A.B.A. Expte. Nº 2837 -Autos: Misla Basilio c/GCBA s/Acción Meramente Declarativa- Sala I. Del voto por sus fundamentos del Dr. Horacio G. A. Corti, febrero 10 de 2005. Sentencia Nº 2.