Sumario
Es competente la Justicia nacional en lo Civil de la Capital Federal para conocer en la demanda contra la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires por el cobro de indemnizacion por accidente de trabajo con fundamento en el art. 1113 del Codigo Civil, conforme a la opcion prevista en el art. 17 de la ley 9688.
Referencias Normativas: Ley 340 Art.1113, Ley 9.688 Art.17.