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Inicio - Derechos - DLDC - Articulo32
 
DLDC
Articulo32

 

Buenos Aires, 08 de mayo de 2014

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Declárase como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (PCCABA), en la categoría Colecciones y Objetos, según los términos del artículo 4, inc. “h“ de la Ley 1227, al Mural existente en la Galería Boston, sito en la calle Florida 142, obra del artista plástico Héctor Julio Páride Bernabó, conocido como Carybé.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

CRISTIAN RITONDO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 4.933

Sanción: 08/05/2014

Promulgación: Decreto Nº 198/014 del 30/05/2014

Publicación: BOCBA N° 4412 del 06/06/2014




 

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