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Inicio - Derechos - DLDC - Articulo27
 
DLDC
Articulo27

Ley N° 3859

Sanción: 11/08/2011

Publicada en el BOCBA 3752 20/09/2011

                                                  Buenos Aires, 11 de agosto de 2011

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°._ Denomínase "Salvador Allende" al espacio verde ubicado  sobre la Avda. Parque Roberto Goyeneche entre Iberá, Holmberg, José Tarnborinl y Donado.

Art. 2°._ Comuníquese, etc. Raffo - Schillagi

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2343/98, certifico que la Ley N° 3859 (Expediente N° 1427045/11), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 11 de agosto de 2011 ha quedado automáticamente promulgada el día 6 de septiembre de 2011.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control, comuníquese al Ministerio de Cultura y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. Clusellas




 

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