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Inicio - Derechos - DLDC - Articulo26
 
DLDC
Articulo26

Buenos Aires, 05 de junio de 2008.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Incorpórese la frase "Piense antes de imprimir. Ahorrar papel es cuidar nuestro ambiente" al pie de todos los correos electrónicos oficiales de los organismos públicos de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; organismos descentralizados y autárquicos; y cualquier otro que pertenezca al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2 °.- El formato de la frase del artículo anterior debe ser resaltado, pudiendo agregarse un ícono alusivo.

Artículo 3 °.- Comuníquese, etc.

DIEGO SANTILLI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 2.736

Sanción: 05/06/2008

Promulgación: De Hecho del 14/07/2008

Publicación: BOCBA N° 2997 del 21/08/2008




 

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