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Inicio - Derechos - DLDC - Articulo20
 
DLDC
Articulo20

Buenos Aires, 05 de noviembre de 2015

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

 

Artículo 1º.- La Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere a la Ley Nacional N° 26.835, Ley de Promoción y Capacitación en las Técnicas de Reanimación Cardiopulmonar (RCP) Básicas, sancionada el 29 de Noviembre de 2012 y promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional el 8 de Enero de 2013, (Boletín Oficial N° 32.567).

Artículo 2°.- El Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incorporará una capacitación especial que será brindada al personal docente y no docente de las escuelas de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 3°.- Comuníquese, etc.

CRISTIAN RITONDO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 5.402

Sanción: 05/11/2015

Promulgación: De Hecho del 16/12/2015

Publicación: BOCBA N° 4792 del 04/01/2016




 

www.ciudadyderechos.org.ar