Jueves 28 de marzo de 2024   
Contenidos
Derechos
Acceso a la Justicia
Boletín Oficial
Leyes CABA
Decretos CABA
Resoluciones CABA
Normas Fundamentales
Códigos
Compilaciones
Convenios
Presupuesto y Finanzas
Institucional y Político
Planeamiento Urbano
Jurisprudencia
Porteño de Ley
Noticias de la Ciudad
Contáctenos
 
Sitios Relacionados

 
   
 
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   

Herramientas
Reducir Tipografía
Aumentar Tipografía
Imprimir
Enviar a:

Temas Relacionados
Servicios de Derechos Humanos
Jurisprudencia

Otros Temas
Asistencia
Mediación
Códigos



Inicio - Derechos - Derechos Humanos - Organismos (DDHH)
 
Derechos Humanos
Organismos (DDHH)

RESOLUCIÓN N° 369 – SSDH

Publicada en el BOCBA N° 2827 del 07/12/2007.

Se crea el dispositivo de Apoyo al Ente Interjurisdiccional "Espacio para la Memoria, la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos"

Buenos Aires, 16 de noviembre de 2007.

Visto la Ley N° 1.925 (B.O.C.B.A. N° 2407), el Decreto N° 350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416), la Resolución N° 37/07 de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, el Decreto N° 606/07 del Poder Ejecutivo Nacional, y el Convenio N° 8/04 celebrado entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 350/06 describe entre las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales la de "Transmitir y difundir la memoria de los hechos relacionados con graves violaciones a los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad";
Que por Convenio N° 8 del 24 de marzo de 2004 el Estado Nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires acordaron que el destino del predio sito en Avenida del Libertador 8151/8209/8305/8401/8461 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, -Nomenclatura Catastral: Circunscripción 16, sección 29, manzana 110 A- donde funcionara el Centro Clandestino de Detención identificado como "Escuela de Mecánica de la Armada -ESMA-, será el "Espacio para la Memoria y para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos";
Que a partir del día miércoles 3 de octubre de 2007 se realizó el traspaso de la totalidad del predio supra mencionado a la Ciudad de Buenos Aires;
Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de las Leyes Nros. 392 y 961, ha sentado como principio que el predio de la ESMA debe ser consagrado a tareas de recuperación, resguardo y transmisión de la memoria e historia de los hechos ocurridos durante el Terrorismo de Estado, de los ´70 e inicios de los ´80 hasta la recuperación del Estado de Derecho;
Que se encuentra creado el Ente Interjurisdiccional entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "Espacio para la Memoria, la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos" en virtud de la necesidad de unirse para la gestión de un interés común a ambos en cuanto ostenta el carácter de interés general de toda la sociedad argentina;
Que el mencionado Ente tiene como finalidad la coordinación de todas aquellas políticas necesarias para el funcionamiento y mantenimiento de dicho espacio;
Que en función del acuerdo de creación del ente ut supra mencionado resulta necesario crear un dispositivo de apoyo que tenga como finalidad colaborar en todo cuanto demande la ejecución de tareas de redefinición del uso de los espacios, conforme la distribución que el Ente defina oportunamente; colaborar en la articulación con otras instancias de los Gobiernos Nacional y de la Ciudad de Buenos Aires, que puedan prestar servicios de mantenimiento y puesta en funcionamineto del predio y de las edificaciones ya existentes; fortalecer al equipo que trabaja actualmente realizando las tareas de guías y atención al público; colaborar con el Ente en todo lo relativo a la organización, ejecución y administración de las políticas y actividades que este determine; continuar con la tarea de investigación historiográfica sobre el rol de la administración pública municipal durante la dictadura;
Que asimismo, resulta indispensable contar con un lugar que permita el resguardo de material bibliográfico, de archivo y de investigación de gran utilidad y de consulta constante para el equipo profesional interviniente;
Que por lo mencionado, es procedente que este dispositivo de Apoyo al Ente Interjurisdiccional entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "Espacio para la Memoria, la Promoción y defensa de los Derechos Humanos", tenga su sede funcional en el predio ubicado en Av. Del Libertador 8151/8209/8305/8401/8461 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado actualmente "Espacio para la Memoria y para la Promoción y Defensa de los derechos Humanos";
Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:

Artículo 1° - Creáse el dispositivo de Apoyo al Ente Interjurisdiccional entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "Espacio para la Memoria, la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos".
Artículo 2° - Serán funciones del dispositivo de apoyo:
a) Colaborar en todo cuanto demande la ejecución de tareas de redefinición del uso de los espacios, conforme la distribución que el Ente defina oportunamente;
b) Colaborar en la articulación con otras instancias de los Gobiernos Nacional y de la Ciudad de Buenos Aires, que puedan prestar servicios de mantenimiento y puesta en funcionamiento del predio y de las edificaciones ya existentes;
c) Fortalecer al equipo que trabaja actualmente realizando las tareas de guías y atención al público;
d) Colaborar con el ente en todo lo relativo a la organización, ejecución y administración de las políticas y actividades que este determine;
e) Continuar con la tarea de investigación historiográfica sobre el rol de la administración pública municipal durante la dictadura.
Artículo 3° - Desígnase como Coordinador del dispositivo de Apoyo al Ente Interjurisdiccional entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "Espacio para la Memoria, la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos" al agente Flavio Enrique Turné Camacho, DNI 24.753.454.
Artículo 4° - El dispositivo de Apoyo al Ente Interjurisdiccional entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "Espacio para la Memoria, la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos" tendrá su sede funcional en la Av. del Libertador 8151/8209/8305/8401/8461 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado actualmente "Espacio para la Memoria y para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos".
Artículo 5° - En el marco de lo dispuesto precedentemente el personal avocado al dispositivo creado por esta resolución y dependiente de la Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales que se enumera en el Anexo I, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente, tendrá su sede laboral en el predio ubicado en la Av. del Libertador 8151/8209/8305/8401/8461 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 6° - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al personal interesado y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, a la Dirección General de Recursos Humanos del G.C.B.A. y al Ministerio de Derechos Humanos de la Nación. Cumplido, archívese. Guerin

                                                     Anexo

 Apellidos y Nombres                Documentos        Tipo de Contrato Laboral

                                           Ficha Municipal   

Flavio Enrique Turné Camacho  20-24753454-8    Contrato Resol 959/MH/GC

Silvia Emilce Gómez                27-13983957-4     Contrato Resol 959/MH/GC

Pedro Falivene                       23-13501598-9     Contrato Dec. 948

Carlos Caviglia                        20-22265339-8     Contrato Dec. 948

                                             F.M. 733209

María Ana Martínez                 27-24980985-9     Contrato Dec. 948

Luz Denisoff                           27-34378166-6     Contrato Resol 959/MH/GC




 

www.ciudadyderechos.org.ar