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Inicio - Derechos - Digesto Normas Electorales - Acordadas - Cámara Nacional Electoral - Tribunal Superior de Justicia CABA (DNE)
 
Digesto Normas Electorales
Acordadas - Cámara Nacional Electoral - Tribunal Superior de Justicia CABA (DNE)

Acordada Electoral n° 1/2021

 

 

Se reúne el Tribunal Superior de Justicia, integrado por su presidente, la juez Inés M. Weinberg, vicepresidente, la jueza Marcela De Langhe y los jueces Alicia E. C. Ruiz, Luis Francisco Lozano y Santiago Otamendi; y

 

consideran:

 

 

1. A partir de la entrada en vigencia del Código Electoral de la Ciudad de Buenos Aires (art. 44 de la ley nº 6031), es atribución del Tribunal Electoral, en loque ahora interesa, la confección, administración y actualización del Registro de Electoras Extranjeras y Electores Extranjeros Residentes, creado por el art. 23 de dicha norma (arts. 25 incisos 2 y 3 y 28 inciso 5 de la ley n° 6031). Empero, hasta tanto se constituya dicho tribunal, compete al Tribunal Superior de Justicia llevar adelante esa función en virtud de lo dispuesto por el artículo 113 inciso6 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.

El nuevo Código Electoral (en adelante CE) modifica sustancialmente el régimen que había instituido la ley nº 334 —derogada por el art. 43 de la ley n° 6031— para el Registro de Electores/as Extranjeros/as en tanto establece un sistema de inscripción automática (art. 23 del CE) y define, en su art. 10, que son electores/as habilitados/as para votar en los actos electorales convocados en el marco de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los extranjeros y las extranjeras, desde los dieciséis (16) años de edad, siempre quetengan residencia permanente, documento nacional de identidad, conste en su documento nacional de identidad domicilio en la Ciudad de Buenos Aires y no estén incursos/as en inhabilidades (previstas en los arts. 14 a 18 del CE).

El CE ordena al Tribunal Electoral disponer la organización y actualización del Registro de Electoras Extranjeras y Electores Extranjeros Residentes y celebrar los acuerdos que sean necesarios para que, en forma periódica, los organismos públicos competentes le remitan información sobre fallecimientos, declaraciones de incapacidad o restricciones a lacapacidad, inhabilitaciones, naturalizaciones, cambios de domicilio, cambios de género, duplicados de documento, así como cualquier otra información concerniente al registro de cada extranjero/a inscripto/a que considere relevante (arts. 23 y 24 CE).

 

2.  En ese contexto, desde febrero de 2020, la Secretaría de Asuntos Originarios del Tribunal ha realizado las gestiones con la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas (RENAPER) y la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) con el objeto de llegar a un acuerdo para la provisión de los datos de las personas extranjeras con residencia en la Ciudadde Buenos Aires. Dichas gestiones concluyeron con la suscripción del Convenio de Colaboración entre la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas, la Dirección Nacional de Migraciones y el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se celebró el 20 de octubre de 2020 (conf. Resolución TSJ- 2020-52).

En cumplimiento de lo convenido, el RENAPER fue remitiendo al Tribunal toda la información que se encuentra visible en el Documento Nacional de Identidad —a excepción de las huellas digitales— de cada extranjera y extranjero con residencia permanente en el país domiciliado/a en la Ciudad de Buenos Aires, para la confección del Registro de Electoras Extranjeras y Electores Extranjeros Residentes (conf. art. 10 del CE). La información se renueva diariamente lo que permite la actualización constante del Registro (conf. arts. 23 y24 del citado código)

 

3. Paralelamente, el Tribunal efectuó las contrataciones necesarias para desarrollar el software que le diera soporte al referido registro (conf. Resolución TSJ-2020-39 firmada el 8 de junio del 2020). El sistema, que ya se encuentra en funcionamiento, mantiene permanentemente actualizado el registro de electores extranjeros residentes conectándolo en forma automática con el RENAPER. Además, genera los archivos que permiten publicar los padrones provisorios y definitivos y registrar las rectificaciones de los electores.

 

4. De lo expuesto resulta que el Tribunal ha cumplido con lo dispuesto en el art. 23 del Código Electoral de la Ciudad en cuanto a la organización, confección y actualización del mencionado registro.

Al 18 de febrero de 2021 se encontraban automáticamente inscriptos 398.222 extranjeras y extranjeros en condiciones de votar en las próximas elecciones.

El detalle de la distribución por comuna es el siguiente:

 

 

Comuna 1: 51.513

Comuna 2: 17.909

Comuna 3: 37.487

Comuna 4: 38.974

Comuna 5: 20.570

Comuna 6: 13.688

Comuna 7: 40.764

Comuna 8: 45.120

Comuna 9: 24.496

Comuna 10: 16.353

Comuna 11: 12.387

Comuna 12: 13.398

Comuna 13: 20.104

Comuna 14: 26.054

Comuna 15: 19.405

 

Como puede observarse, el número de electoras y electores extranjeros en condiciones de votar en las elecciones de la Ciudad del año 2021 ha aumentado exponencialmente respecto del padrón que existía para las últimas elecciones realizadas en 2019, toda vez que en aquella oportunidad (con el Registro creado por la ley n° 334) había 20.857 personas en condiciones de votar.

 

5. En las circunstancias descriptas, consideramos que, si bien es cierto que el artículo 28 del Código Electoral establece que el Tribunal Electoral dispondrá la publicación delos padrones provisorios diez (10) días después de la fecha de cierre de registro para cada elección(lo que ocurre ciento ochenta —180— días corridos antes de la fecha de laelección, conf. art. 27), en su sitio web y/o por otros medios que considere conveniente, con las condiciones legales de privacidad correspondientes, para que los/las electores/as realicen las eventuales denuncias, reclamos y consultas, no lo es menos que el actual escenario de incorporación automática de electoras y electores extranjeros por primera vez en la Ciudad de Buenos Aires, aconseja tomar medidas excepcionales.

Desde esta perspectiva, y a los efectos de lograr una mayor actualización y depuración del registro, resulta conveniente establecer un período de publicación extraordinaria de los datos registrales constitutivos del padrón provisional de Electoras Extranjeras y Electores Extranjeros Residentes. Con ello se posibilita que las electoras y electores extranjeros tomen debido conocimiento de sus datos para verificarlos y eventualmente solicitar su modificación a fin de llegar a la fecha de publicación legal del Padrón Provisorio con los datos más consolidados.

Una medida similar ha adoptado la Cámara Nacional Electoral en el mes de octubre de 2020 respecto de los electores nacionales, en tanto, mediante la Acordada CNE n° 54/2020 dispuso, en lo que aquí interesa, la publicación de los datos constitutivos de los padrones provisionales en el sitio de internet www.padron.gob.ar, para su consulta y reclamos por parte de la ciudadanía.

En definitiva, sin perjuicio de cumplir oportunamente con los pasos establecidos en el CE respecto de la publicación del Padrón Provisorio, dadas las circunstancias precedentemente referidas y a fin de facilitar la difusión prevista en el art. 11 del CE, es adecuado establecer un período extraordinario desde el 1º al 31 de marzo de 2021 para la publicación de los datos constitutivosdel padrón provisional de Electoras Extranjeras y Electores Extranjeros Residentes —garantizando la correspondiente privacidad— en la web electoral del Tribunal (www.elecciones.gob.ar).

 

6. Esta medida en modo alguno interfiere en los actos electorales que constituyen el proceso electoral para las elecciones que corresponden en el año 2021, cuya convocatoria corresponde al Poder Ejecutivo, ni a las competencias que, en virtud de lo dispuesto en las normas electorales o en el “Convenio de Colaboración” suscripto el 27 de febrerode 2007 entre el Tribunal, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Ministerio del Interior de la Nación, la Cámara Nacional Electoral y el Juzgado Federal Electoral de la Capital Federal —con participación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación— se asignen a la justicia federal electoral.

 

7. Asimismo, por razones de orden y celeridad es necesario —como seha decidido en años electorales anteriores— que el registro de las resoluciones dictadas por el Tribunal o por su Presidencia en el ejercicio de la competencia establecida en el art. 113. inciso 6 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se unifique en un protocolo especial, en formato digital, destinado a ese efecto. Además es aconsejable, por el motivo indicado, poner a cargo dela Secretaria de Asuntos Originarios las tareas de protocolización y custodia del referido registro hasta la finalización del año 2021.

Por ello,

 

el TribunalSuperior de Justicia,

acuerda:

 

1. Disponer la publicación extraordinaria de los datos del Registro de Electoras y Electores Extranjeros Residentes constitutivos del padrón provisorio en el sitio web electoral del Tribunal (www.eleccionesciudad.gob.ar), desde el 1° al 31 de marzo de 2021 para quelos/las electores/as extranjeros compulsen sus datos y realicen las eventuales denuncias, reclamos y consultas.

2. Instar a las electoras y electores extranjeros a verificar sus datos y,eventualmente, reclamar su corrección.

3. Disponer la apertura del Protocolo Electoral en formato digital que se iniciará con la presente Acordada.

4. Mandar que se registre, se ponga en conocimiento del Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, del Ministro de Gobierno, de la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos y de la Dirección General Electoral del GCBA, de la Legislatura de la Ciudad y de la Defensoría del Pueblo, y se publique por un día en el Boletín Oficialy en el sitio web electoral del Tribunal Superior de Justicia www.eleccionesciudad.gob.ar.


 

Firmado digitalmente:

 

WEINBERG Inés M., Juez, Tribunal Superior de Justicia CABA

LOZANO Luis Francisco, Juez, Tribunal Superior de Justicia CABA

Santiago OTAMENDI, Juez, Tribunal Superior de Justicia CABA

Alicia Enriqueta RUIZ Juez Tribunal Superior de Justicia CABA





 

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