Jueves 18 de abril de 2024   
Contenidos
Derechos
Acceso a la Justicia
Boletín Oficial
Leyes CABA
Decretos CABA
Resoluciones CABA
Normas Fundamentales
Códigos
Compilaciones
Convenios
Presupuesto y Finanzas
Institucional y Político
Planeamiento Urbano
Jurisprudencia
Porteño de Ley
Noticias de la Ciudad
Contáctenos
 
Sitios Relacionados

 
   
 
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   

Herramientas
Reducir Tipografía
Aumentar Tipografía
Imprimir
Enviar a:

Otros Temas
Asistencia
Mediación
Códigos



Inicio - Derechos - Digesto Normas Electorales - Accesibilidad (DNE)
 
Digesto Normas Electorales
Accesibilidad (DNE)

Bs. As., 17/5/2006

VISTO el Expediente Nº S02:0006696/2006, del registro de este Ministerio, el Decreto Nº 258 del 24 de junio de 2003 del registro de este Ministerio, y



CONSIDERANDO:

Que por la norma citada en el Visto se encomienda al MINISTERIO DEL INTERIOR asistir al Presidente de la Nación en todo o inherente al gobierno político interno y en particular entender en lo relacionado con la programación y ejecución de la legislación electoral.

Que la República Argentina ha ratificado con fecha 10 de enero de 2001 la "Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad" (1999).

Que la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL tiene como funciones colaborar con el suscripto en el cumplimiento de las funciones en materia electoral.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 103 de la CONSTITUCION NACIONAL y el 17 de la Ley de Ministerios (t.o. por el Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR

RESUELVE:

Artículo 1º — Créase en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL, el PROGRAMA DE ACCESIBILIDAD ELECTORAL cuyo Objetivo y Acciones se detallan en el ANEXO I, que forma parte integrante de la presente.

Art. 2º — Facúltase al DIRECTOR NACIONAL ELECTORAL a disponer lo necesario para la puesta en funcionamiento del Programa creado en el ARTICULO 1º de la presente.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández.

ANEXO I

Programa de Accesibilidad Electoral

Unidad Ejecutora: Dirección Nacional Electoral

Objetivo General

 Incorporar a la normativa electoral nacional previsiones que faciliten el derecho al sufragio de personas con capacidades diferentes.

Actividades:

 Relevar las obligaciones asumidas por la República Argentina en materia de integración de personas con discapacidad. Identificar dificultades específicas que impiden o dificultan el sufragio a diferentes colectivos con discapacidades.Determinar las posibles soluciones a cada problemática detectada y evaluar, con las jurisdicciones que corresponda, su aplicabilidad. Diseñar un cronograma de incorporación de las soluciones aplicables. Proyectar las normas para incorporar las soluciones escogidas. Recabar la opinión de los sectores científicos y sociales interesados. Identificar los recursos y actores involucrados en la implementación de las acciones que deban llevarse adelante. Ej. Partidos Políticos, Justicia Electoral, Administración Educativa, Ministerio de Desarrollo Social, Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas. Generar un ámbito plural para el seguimiento del cumplimiento de la normativa sobre accesibilidad.




 

www.ciudadyderechos.org.ar