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Inicio - Derechos - Digesto Normas Electorales - Voto Extranjero (DNE)
 
Digesto Normas Electorales
Voto Extranjero (DNE)


Acordada Electoral n° 5/2019

 

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 19 días del mes de junio de dos mil diecinueve, se reúnen en Acuerdo la Presidente del Tribunal Superior de Justicia Inés M. Weinberg y los jueces Alicia E. C. Ruiz, Marcela Vivian De Langhe, Luis Francisco Lozano y Santiago Otamendi, y



consideran:



1. Por decreto nº 138/GCBA/2019 publicado el 12 de abril de 2019 (Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires nº 5597) el Jefe de Gobierno convocó al electorado de la Ciudad de Buenos Aires a Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias para seleccionar "candidatos/as a Jefe/a de Gobierno, treinta (30) candidatos/as a Diputados/as titulares y diez (10) candidatos/as a Diputados/as suplentes para integrar el Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siete (7) candidatos/as a miembros titulares y cuatro (4) suplentes integrantes de cada una de las quince (15) Juntas Comunales", el día 11 de agosto de 2019.

Habida cuenta del alcance del referido decreto de convocatoria, por Acordada Electoral n° 1, se aprobó el cronograma correspondiente a la primera etapa del proceso.

2. Posteriormente, el Jefe de Gobierno convocó al electorado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a elecciones generales para que el día 27 de octubrede 2019 elija "Jefe/a y Vicejefe/a de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", "treinta (30) Diputados/as titulares y diez (10) Diputados/as suplentes para integrar el Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" y "siete (7) miembros titulares y cuatro (4) miembros suplentes que deben integrar cada una de las quince (15) Juntas Comunales de la Ciudad", mediante el decreto nº 150/GCBA/2019, publicado el 25 de abril de 2019 (Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires nº 5604).

En el citado decreto se indica que quienes resulten electos asumirán sus funciones el 10 de diciembre de 2019 y se establecen las reglas aplicables a la elección de cada categoría de cargos a elegir:

a) La elección general de Jefe/a y Vicejefe/a de Gobierno se realiza en forma directa y conjunta, por fórmula completa y mayoría absoluta, conforme a lo dispuesto en los artículos 96, 97 y 98 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, tomando la Ciudad como distrito único (art. 2, decreto nº 150/GCBA/2019);

b) La elección general de Diputados se realiza por voto directo no acumulativo conforme al sistema proporcional, aplicando la formula D´ Hont, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 69, 70 y 72 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, el Código Electoral Nacional aplicable a la Ciudad y la ley n° 6031, tomando a la Ciudad de Buenos Aires como distrito único (art. 4, decreto nº 150/GCBA/2019).


c) La elección general de miembros de las Juntas Comunales se realiza en forma directa y con arreglo al régimen de representación proporcional, aplicando la formula D´ Hont, y conforme lo dispuesto en el artículo 130 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y las leyes n° 1777 y 6031, tomando a cada una de las Comunas de la Ciudad de Buenos Aires como distrito único (art. 6, decreto nº 150/GCBA/2019).


3. Asimismo, el mencionado decreto nº 150/GCBA/2019 dispuso que la celebración de la eventual segunda vuelta electoral prevista enel artículo 96 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires se realizara en la misma fecha que el Poder Ejecutivo Nacional fijara para la segunda vuelta electoral nacional (art. 7).

El decreto de convocatoria también dispone la adhesión al régimen de simultaneidad para las elecciones generales y eventual segunda vuelta y que se realizarán con sujeción a la ley nacional nº 15262 y el régimen electoral nacional (art. 8); así como "la aplicación de las disposiciones previstas en el Código Electoral Nacional vigente en el orden nacional en las mesas de votación de electores/as extranjeros/as" (art. 9).

4. En virtud de lo expuesto y la fecha del 24 de noviembre de 2019 fijada para la eventual segunda vuelta electoral en el art. 3º del Decreto nº 343/PEN/2019, es necesario aprobar el Cronograma Electoral al que deberá ajustarse el proceso electoral a partir de la proclamación de las agrupaciones políticas que estarán habilitadas para participar en las elecciones generales que, como Anexo I, integra esta Acordada.


5. En esta etapa del proceso y, en atención a que todo lo atinente a electores extranjeros resulta de competencia exclusiva de este Tribunal (cf. considerando 2º, Acordada Electoral nº 1/2019 y sus citas), se entiende conveniente establecer que dichas mesas de votación sean mixtas y que se integren con hasta cuatrocientos cincuenta (450) electores.


6. Finalmente, teniendo en cuenta los plazos del cronograma electoral se entiende necesario, de igual modo que el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 1, con competencia electoral en el distrito Capital, habilitar el Tribunal el día jueves 20 de junio en el horario de 9 a 16, exclusivamente para temas electorales.

Resulta oportuno recordar también que, conforme se dispuso en la Resolución de Presidencia de fecha 21/5/2019 (punto 4), el día sábado 22 de junio en el horario de 17 a 24, el Tribunal estará habilitado a fin de que la Secretaría de Asuntos Originarios y la Dirección de Informática y Tecnología atiendan las inquietudes o dificultades de las agrupaciones políticas relacionadas con la carga de datos en el sistema informático de uso obligatorio aprobado por Acordada Electoral n° 4/2019.

 

Por ello,


el Tribunal Superior de Justicia,

acuerda:


1. Aprobar el cronograma electoral que, como Anexo I, integra esta Acordada.

2. Constituir mesas mixtas de votación de extranjeros con hasta cuatrocientos cincuenta (450) electores.

3. Decretar la habilitación del Tribunal el día 20 de junio de 2019 en el horario de 9 a 16, exclusivamente para temas vinculados con materia electoral.

4. Mandar que se registre,se ponga en conocimiento del Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, de la Dirección General Electoral del GCBA, de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, del Ministerio Público Fiscal, de la Auditoría General de la Ciudad, de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad y del Juzgado Nacional Criminal y Correccional Federal nº1, mediante el libramiento de los oficios correspondientes, y se publique en el sitio web electoral del Tribunal Superior de Justicia www.eleccionesciudad.gob.ar y por un día en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.


Firmado: Inés M. Weinberg. Luis Francisco Lozano. Alicia E. C. Ruiz. Marcela De Langhe. Santiago Otamendi.

 

Anexo I

Cronograma Electoral año 2019 Elecciones Generales y eventual segunda vuelta

(conf. decreto150-GCBA-2019)

 

 

 

28/8/2019

 

Miércoles

Inicio de la campaña electoral para la elección general   para   cargos locales

60 días antes de la elección

general

Art. 2 de la Ley 268

(texto consolidado 2018)


 

10/9/2019

 

Martes

Vence plazo de rendición de   cuentas   de   las

P.A.S.O. por parte de las agrupaciones políticas a la Auditoría

Dentro de los 30 días posteriores a la

elección

Art. 18 Inc. b) Ley 268

(texto consolidado 2018)


 

27/9/2019

 

Viernes

Publicación         de         los padrones     definitivos      de electores/as extranjeros/as

30 días antes de la elección general

 

Art. 30 CEN


 

12/10/2019

 

Sábado

Inicio       publicidad         de lugares de votación para electores/as extranjeros/as

15 días antes de la Elección General

Art. 80 CEN y 16

anexo I de la ley n° 4894


 

 

Vence el plazo para la presentación del informe contable que las agrupaciones políticas deben realizar ante la auditoría   

 

10 días antes del acto electoral

 

Art. 18 Inc. a) Ley 268

(texto consolidado 2018)


 

 




 



17/10/2019

Jueves



 

 



 

 



 

 

8 hs. Fin de la campaña electoral para la elección general   para   cargos locales

 

71 Inc. f del CEN y


 

 

 

2 de la Ley 268


 

 

48 hs antes

(texto consolidado 2018)


25/10/2019

Viernes

del acto electoral


Inicio de la veda de encuestas electorales para cargos locales

Art. 5 de la Ley

268


 

 

 

(texto consolidado


 

 

 

2018)


27/10/2019

Domingo

8 a 18 hs ELECCIONES

GENERALES

 

Decreto n° 150/GCBA/19


 

29/10/2019

 

Martes


18 hs. Vence el plazo para protestas y reclamos

48 hs. posteriores a la fecha del actoelectoral

 

110 y 111 del CEN


 

29/10/2019

 

Martes

Inicio       del        escrutinio definitivo    de    mesas     de

electores/as extranjeros/as.

48 hs. posteriores

al acto electoral

 

Art. 112 CEN


 

14/11/2019

 

 

Jueves

Vence el plazo para la presentación del informe contable que las agrupaciones políticas deben  realizar  ante  la auditoría

10 días antes del acto electoral

 

Art. 18 Inc. a) Ley 268

(texto consolidado 2018)


 

 

 

22/11/2019

 

 

 

Viernes

8 hs. Fin de la campaña electoral para la segunda vuelta

 

 

48 hs. antes del acto electoral

Art. 71 Inc. f del CEN y 2 de la Ley 268

(texto consolidado 2018)


Inicio    de     la     veda     de encuestas electorales

Art. 5 de la Ley 268

(texto consolidado 2018)


 

24/11/2019

 

Domingo

 

8 a 18 hs SEGUNDA VUELTA

 

Art. 96 CCABA

Decreto n° 150/GCBA/19

Decreto. PEN n° 343/19


 

 

24/11/2019

 

 

Domingo

 

21 hs. Fin de la veda de encuestas electorales

Durante la elección y hasta tres horas después del

cierre

Art. 5 de la Ley 268

(texto consolidado 2018)


 

 

 

26/11/2019

 

 

 

Martes

 

48 hs. Vence el plazo para protestas y reclamos

48 hs posteriores al acto electoral

 

110 y 111 del CEN


Inicio del escrutinio definitivo

48 hs. posteriores

al acto electoral

 

Art. 112 CEN


 

10/12/2019

 

Martes

Vencimiento de        los mandatos

 

Arts. 69, 98 y 130

de la Constitución

C.A.B.A y Art. 22

de la Ley 1777


 

24/12/2019

 

Martes

Vence plazo de rendición de cuentas de la segunda vuelta por parte de las Agrupaciones Políticas  a la Auditoría

Dentro de los 30 días posteriores a la

elección

Art. 18 Inc. b) Ley 268

(texto consolidado 2018)





 

www.ciudadyderechos.org.ar