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POE
Normas Nacionales

Ministerio del Interior
Dirección Nacional Electoral
Resolución Ministerial Nº 820/2006 del 17/05/2006. 
(B.O. 22/05/2006)

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 820/2006

Créase el Programa de Accesibilidad Electoral. Objetivo

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR
RESUELVE:

Art. 1 : Créase en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL, el PROGRAMA DE ACCESIBILIDAD ELECTORAL cuyo Objetivo y Acciones se detallan en el ANEXO I, que forma parte integrante de la presente.

Art. 2: Facultase al DIRECTOR NACIONAL ELECTORAL a disponer lo necesario para la puesta en funcionamiento del Programa creado en el ARTÍCULO I de la presente.

Art. 3: Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

ANEXO I

Programa de Accesibilidad Electoral
Unidad Ejecutora: Dirección Nacional Electoral

Objetivo General
- Incorporar a la normativa electoral nacional previsiones que faciliten el derecho al sufragio de personas con capacidades diferentes.

Actividades:
- Relevar las obligaciones asumidas por la República Argentina en materia de integración de personas con discapacidad.

- Identificar dificultades específicas que impiden o dificultan el sufragio a diferentes colectivos con discapacidades.

- Determinar las posibles soluciones a cada problemática detectada y evaluar, con las jurisdicciones que corresponda, su aplicabilidad.

- Diseñar un cronograma de incorporación de las soluciones aplicables.

- Proyectar las normas para incorporar las soluciones escogidas.

- Recabar la opinión de los sectores científicos y sociales interesados.

- Identificar los recursos y actores involucrados en la implementación de las acciones que deban llevarse adelante. Ej. Partidos Políticos, Justicia Electoral, Administración Educativa, Ministerio de Desarrollo Social, Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas.

- Generar un ámbito plural para el seguimiento del cumplimiento de la normativa sobre accesibilidad.




 

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