Miércoles 1 de mayo de 2024   
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Inicio - Derechos - Mujeres (DM) - Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
 
Mujeres (DM)
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

ARTICULO 37.- Se reconocen los derechos reproductivos y sexuales, libres de coerción y violencia, como derechos humanos básicos, especialmente a decidir responsablemente sobre la procreación, el número de hijos y el intervalo entre sus nacimientos.

Se garantiza la igualdad de derechos y responsabilidades de mujeres y varones como progenitores y se promueve la protección integral de la familia.




 

www.ciudadyderechos.org.ar