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Inicio - Derechos - Secretas - Secretas (Sec)
 
Secretas
Secretas (Sec)

El Senado y la Cámara de Diputados etc.

ARTICULO 1º — Declárase de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles necesarios para la instalación y habilitación de las creaciones conducentes al cumplimiento de las leyes de armamentos navales, conforme con lo dispuesto en los planes que en cada caso, apruebe el Poder Ejecutivo.

ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a 9 de septiembre de 1941.

R. Patrón Costas, José Luis Cantilo, Gustavo Figueroa, L. Zavalla Carbó




 

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