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Inicio - Derechos - Tránsito y Transporte - Metrobus
 
Tránsito y Transporte
Metrobus

RESOLUCIÓN N.º 435/SSTRANS/13 
 
                                                                     Buenos Aires, 18 de julio de 2013 
 

VISTO:
Las Leyes Nros. 2.148, 2.930, 2.992, los Decretos Nros. 498/08, 660/11, la Resolución
N° 64/SSTRANS/11, y el Expediente Nº 3090037/13, y
 
CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 2.992  se estableció la implementación de un Sistema de
Tránsito Rápido,  Diferenciado y en Red para el transporte público masivo por
automotor de pasajeros denominado  METROBUS DE BUENOS AIRES (MBA),
conocido mundialmente como BRT-Bus Rapid Transito Metrobus- en todo el territorio
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Que la ejecución del METROBUS DE BUENOS AIRES tiene por finalidad mejorar la
calidad de vida de  los habitantes de la Ciudad y del Área Metropolitana de Buenos
Aires; reducir los efectos negativos del  transporte sobre el medio ambiente; conferir
prioridad a la circulación y operación del transporte masivo de pasajeros; diseñar un
sistema de transporte más eficiente optimizando la oferta de la flota y el kilometraje
recorrido; y favorecer el desarrollo sustentable

Que según lo dispuesto en los artículos 11 y 12 de la Ley Nº 2.992, la iniciativa deberá realizarse progresivamente, iniciándose la primera etapa en un corredor modelo con el
objeto de generar experiencia valiosa en las acciones de ejecución, gestión, regulación y contralor del futuro sistema

Que en tal sentido, a través de la Resolución N° 64/SSTRANS/11, se implementó el
mentado Corredor  Modelo del METROBUS DE BUENOS AIRES en los carriles
exclusivos construidos en la franja central de la Avenida Juan B. Justo;

Que por otro lado, la Ciudad de Buenos Aires continúa desarrollando un proceso de
refuncionalización del Área Central de la Ciudad, llevando a cabo la implementación
de diferentes peatonalizaciones y la creación  de calles de convivencia  a lo largo de
varias arterias de la zona del microcentro, previendo la modificación de los recorridos
del servicio de autotransporte público de pasajeros hacia vías principales;

Que simultáneamente, en materia de movilidad, la Ciudad de Buenos Aires ha
efectuado un conjunto de  acciones tendientes a optimizar la operatoria del
autotransporte público de pasajeros priorizando su  operatoria en las avenidas y
evitando de esa manera su circulación por las calles de menor sección

Que el Corredor Modelo del METROBUS DE BUENOS AIRES "Juan B. Justo" mejoró
notoriamente las condiciones de movilidad de los usuarios del autotransporte público
de pasajeros, constatándose además  una sensible reducción de las emisiones
contaminantes en la zona

Que por lo expuesto, la implementación del corredor modelo arrojó una experiencia
altamente positiva mejorando tanto las condiciones de movilidad de los usuarios, como el escenario ambiental

Que en ese marco, y conforme lo normado por la Ley N° 2.992 se ha previsto la
implementación del METROBUS DE BUENOS AIRES sobre los carriles centrales de
las calzadas de la Avenida 9 de Julio, constituyéndose de esta manera una red troncal que irá por carriles exclusivos ubicados en el centro de la calzada de la Avenida 9 de Julio

Que asimismo,  se prevé que en esta etapa podrán combinarse vehículos con las
características del METROBUS con las unidades convencionales, en los términos del
artículo 4° de la Ley N° 2.992; 

Que resulta oportuno mencionar que la iniciativa propiciada se encuentra en perfecta
concomitancia con los  lineamientos y objetivos perseguidos por la Ley N° 2.930, que
reglamentó el Título 2°, Capítulo 4°, del  artículo 29 de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires

Que el conjunto de acciones previstas se encuadran en  la previsión del Plan Urbano
Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires (PUA), que tiene como objetivo instituirse en
el soporte del proceso de planeamiento y  gestión de la Ciudad como política de
estado

Que asimismo, es dable destacar que la Comisión de Evaluación del Sistema MBA no
se opuso a la ejecución del proyecto para implementar el METROBUS DE BUENOS
AIRES sobre la Avenida 9 de Julio

Que por otra parte, mediante la Ley N° 2.148 se aprobó el Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad de Buenos Aires, al cual se integra la Ley N° 2.992

Que a través del Decreto N° 498/08, se designó a la Subsecretaría de Transporte,
dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, como autoridad de aplicación del
mencionado Código

Decreto N° 660/11, le  corresponde instrumentar políticas, planes y proyectos de
ordenamiento y mejora del sistema de transporte  de pasajeros, entender en la
formulación de políticas, regulaciones y planes de transporte urbano concernientes al
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y entender en la implementación del
Plan de Transporte Masivo de Buses Rápidos (TMBR).

Por ello, conforme a las facultades otorgadas el Decreto N° 660/11 y en virtud de lo
establecido en el Decreto N° 498/08,
 
EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE
 
Artículo 1°.-  Impleméntese el Corredor METROBUS 9 DE JULIO (MTB 9 de Julio), el
cual se encuentra constituido por dos calzadas con un separador central conformado
en su mayor parte por plataformas que constituyen los andenes para la operatoria de
ascenso y descenso de pasajeros. Este corredor se encuentra emplazado en el centro
de la Av. 9 de Julio y segregado del tránsito de ésta por un separador a cada lado,
atravesando la Plaza de la República por su lateral este.

Artículo 2°.-  El sentido de circulación del Corredor METROBUS 9 DE JULIO será:
norte  - sur, en la calzada este del corredor, entre Arroyo y Avenida San Juan; y sur
norte en la calzada oeste del corredor, entre Avenida San Juan y Arenales.
Artículo 3°.- El Corredor METROBUS 9 DE JULIO, a que refieren los artículos 1º y 2º
de la presente, funcionará todos los días, las 24 horas, destinándose sus carriles para
circulación exclusiva de las líneas de autotransporte público de pasajeros debidamente autorizadas.

Artículo 4°.-  Prohíbase la circulación de vehículos de autotransporte público de
pasajeros en los tramos de  arterias que se indican a continuación, a partir de la 
habilitación del Corredor METROBUS 9 DE JULIO, a que refieren los artículos 1º, 2º y
3º de la presente.

Tacuarí entre Av. De Mayo y Av. San Juan Maipú entre Av. Santa Fe y Rivadavia Chacabuco entre Rivadavia y Av. San Juan Piedras entre Av. San Juan y Rivadavia
Esmeralda entre Rivadavia y Paraguay Cerrito entre Juncal y Rivadavia
Lima entre Rivadavia y Estados Unidos Bernardo de Irigoyen entre Av. San Juan y Rivadavia Carlos Pellegrini entre Rivadavia y Paraguay

Artículo 5°.- Quedarán exceptuados de la prohibición establecida en el Artículo 4° los
vehículos del  autotransporte público de pasajeros con autorizaciones provisorias y
transitorias para efectuar desvíos previstos para contingencias viales.

Artículo 6°.- A los efectos del cumplimiento de lo establecido en los artículos 1º, 2º, 3º y 4º de la presente, modifíquense los recorridos de las líneas de Transporte Público de Pasajeros por Automotor involucradas, ad referéndum de la Secretaria de Transporte de la Nación y/o Comisión Nacional de Regulación del Transporte, según el siguiente detalle:

Línea 5

Recorrido A:
Ida a Puerto Nuevo: Sin modificaciones.
Regreso a Balbastro y Cañada de Gómez: Su ruta por Av. Córdoba, Talcahuano,
continuando por su ruta.

Recorrido B:
Ida a Puerto Nuevo: Sin modificaciones.
Regreso a Lacarra y Av. Rivadavia: Su ruta por Av. Córdoba, Talcahuano, continuando por su ruta.

Línea 6
Recorrido A, B y D:
Ida a Villa Soldati: Su ruta por Tucumán, Uruguay, Lavalle, continuando por su ruta.

Regreso a Hospital Ferroviario: Sin modificaciones.

Recorrido C:

Ida a Nueva Pompeya: Su ruta por Tucumán, Uruguay, Lavalle, continuando por su
ruta.
Regreso a Hospital Ferroviario: Sin modificaciones.

Línea 7

Recorrido A:
Ida a Parque Nicolás Avellaneda: Su ruta por L. N. Alem, Av. Rivadavia, Bolivar, Av.
De Mayo continuando con su ruta.
Regreso a Hospital Ferroviario: Su ruta por B. Mitre, Talcahuano, Santiago del Estero,
H. Yrigoyen, Av. La Rábida, Av. Leandro N. Alem, San Martín, continuando por su ruta.
Recorrido B:
Ida a Barrio Samoré: Su ruta por L. N. Alem, Av. Rivadavia, Bolivar, Av. De Mayo
continuando con su ruta.
Regreso a Hospital Ferroviario: Su ruta por B. Mitre, Talcahuano, Santiago del Estero,
H. Yrigoyen, Av. La Rábida, Av. Leandro N. Alem, San Martín, continuando por su ruta.
Línea 9 
Recorrido A y B:
Ida a Villa Caraza: Su ruta por Av. L. N. Alem, Av. Córdoba, carriles MTB 9 de Julio,
Lima, Constitución, Lima Este, Gral. Hornos, continuando por su ruta.
Regreso a Estación terminal de Ómnibus de Retiro: Su ruta por Salta, Av. Brasil, B. de
Irigoyen, carriles MTB 9 de Julio, salida entre Paraguay y M. T. de Alvear, C. Pellegrini, Av. Santa Fe, continuando por su ruta.

Línea 10
Recorrido A:
Ida a Villa Domínico: Su ruta por Av. Santa fe, carriles MTB 9 de Julio, Lima,
Constitución, Lima Este, Gral. Hornos, Av. Caseros, continuando por su ruta.
Regreso a Palermo: Su ruta por Piedras, Av. Caseros, B. de Irigoyen, carriles MTB 9
de Julio, salida entre  Paraguay y M. T. de Alvear, C. Pellegrini, Av. Santa Fe,
continuando por su ruta.

Línea 17
Recorrido A:
Ida a Wilde: Su ruta por Av. Santa fe, carriles MTB 9 de Julio, Lima, Constitución, Lima Este, Av. Gral. Hornos, continuando por su ruta.

Regreso a Facultad de Derecho: Su ruta por Av. Montes de Oca, B. de Irigoyen,
carriles MTB 9 de Julio,  salida entre Paraguay y M. T. de Alvear, C. Pellegrini, Av.
Santa Fe, continuando por su ruta.

Línea 24
Recorrido A y B:

Ida a Fabián Onzari y Camacuá: Sin modificaciones.

Regreso a Estación Villa del Parque: Su ruta por Av. Presidente Julio A. Roca, Hipólito
Yrigoyen, Av. La Rábida, Av. Rivadavia, Av. Roque Sáenz Peña, Sarmiento, Libertad,
Lavalle, continuando por su ruta.

Línea 26

Recorrido A:
Ida a Barrio Rivadavia: Su ruta por Av. Córdoba, Uruguay, continuando por su ruta.

Regreso a Retiro: Sin modificaciones.

Línea 45

Recorrido A:

Ida a Remedios de Escalada: Su ruta por Av. Córdoba, carriles MTB 9 de Julio, Lima,
Constitución, Lima Oeste, Av. Brasil, Lima, continuando por su ruta.
Regreso a Ciudad Universitaria: Su ruta por Salta, Av. Brasil, B. de Irigoyen, carriles
MTB 9 de Julio, salida entre Paraguay y M. T. de Alvear, C. Pellegrini, Av. Santa Fe,
Florida, San Martín, continuando por su ruta.

Recorrido B:
Ida a Remedios de Escalada: Su ruta por Av. Córdoba, carriles MTB 9 de Julio, Lima,
Constitución, Lima Este, Gral. Hornos, continuando por su ruta.

Regreso a Hospital Ferroviario: Su ruta por Av. Montes de Oca, B. de Irigoyen, carriles
MTB 9 de Julio, salida entre Paraguay y M. T. de Alvear, C. Pellegrini, Av. Santa Fe,
Florida, San Martín, continuando por su ruta.

Recorrido C:

Ida a Plaza de la Constitución: Su ruta por Av. Córdoba, carriles MTB 9 de Julio, Lima,
Constitución, Lima Oeste, Av. Brasil hasta Plaza Constitución. 

Regreso a Ciudad Universitaria: Desde Plaza Constitución por Av. Brasil, B. de
Irigoyen, carriles MTB 9 de Julio, salida entre Paraguay y M. T. de Alvear, C. Pellegrini,
Av. Santa Fe, Florida, San Martín, continuando por su ruta.

Línea 53

Recorrido E:

Ida a José C. Paz: Su ruta por Salta, Estados Unidos, Av. 9 de Julio, subida a Au. 25
de Mayo, continuando por su ruta.

Regreso a Plaza Constitución: Sin modificaciones.
Línea 59
Recorrido A, B y C:
Ida a Vicente López: Su ruta por Salta, Av. Brasil, B. de Irigoyen, carriles MTB 9 de
Julio, salida entre Paraguay y M. T. de Alvear, C. Pellegrini, Av. Santa Fe, continuando
por su ruta.
Regreso a Estación Buenos Aires: Su ruta por Av. Santa Fe, carriles MTB 9 de Julio,
Lima, Constitución, Lima Oeste, Av. Brasil, Lima, continuando por su ruta.
Recorrido D:
Ida a Vicente López: Su ruta por Salta, Av. Brasil, B. de Irigoyen, carriles MTB 9 de
Julio, salida entre Paraguay y M. T. de Alvear, C. Pellegrini, Av. Santa Fe, Av. 9 de
Julio hacia Au. Ilia, continuando por su ruta.
Regreso a Estación Buenos Aires: Su ruta por Au. Ilia, MTB 9 de Julio (entrada entre
Arroyo y Juncal), Lima, Constitución, Lima Oeste, Av. Brasil, Lima, continuando por su
ruta.
Línea 67
Recorrido A y B:
Ida Villa Martelli: Su ruta por Salta, Av. San Juan, carriles MTB 9 de Julio, salida entre
Av. Santa Fe y Arenales, C. Pellegrini, Av. Del Libertador, continuando por su ruta.
Regreso a Hospital Rawson: Su ruta por Av. Alvear, Arroyo, carriles MTB 9 de Julio,
Lima, Constitución, Lima Oeste, Av. Brasil, Lima, continuando por su ruta.
Línea 70
Recorrido A:
Ida a Estación terminal de Ómnibus Retiro: Su ruta por Piedras, Av. Caseros, B. de
Irigoyen, carriles MTB 9 de Julio, salida entre Av. Santa Fe y Arenales, C. Pellegrini,
Av. Del Libertador, San Martín, continuando su ruta.
Regreso a Luna y Zepita: Su ruta por Juncal, carriles MTB 9 de Julio, Lima,
Constitución, Lima Este, Av. Gral. Hornos, Av. Caseros, Tacuarí, continuando por su
ruta.
Recorrido B:
Ida a Estación terminal de Ómnibus Retiro: Su ruta por Piedras, Av. Caseros, B. de
Irigoyen, carriles MTB 9 de Julio, salida entre Av. Santa Fe y Arenales, C. Pellegrini,
Av. Del Libertador, San Martín, continuando por su ruta.
Regreso a Valentín Alsina: Su ruta por Juncal, carriles MTB 9 de Julio, Lima,
Constitución, Lima Este, Av. Gral. Hornos, Av. Caseros, Tacuarí, continuando por su
ruta.
Línea 75
Recorrido A y B:
Ida a Estación Lanús: Su ruta por Juncal, Uruguay, Arenales, Talcahuano, Tucumán,
continuando por su ruta.
Regreso a Puerto Nuevo: Sin modificaciones.
  Línea 91
Recorrido A y B:
Ida a Villegas: Su ruta por Av. Rivadavia, Bolívar, Av. De Mayo, carriles MTB 9 de
Julio, Lima, Constitución, Lima Oeste, Av. Brasil, Lima, continuando por su ruta.

Regreso a Hospital Ferroviario: Su ruta por Salta, Av. Brasil, B. de Irigoyen, carriles
MTB 9 de Julio,  salida en Plaza de la República, Av. Corrientes, Av. Roque Sáenz
Peña, Bolívar, Hipólito Yrigoyen, continuando por su ruta.
Línea 98
Recorrido A y B:
Ida a Balneario Quilmes: Su ruta por Av. Belgrano, carriles MTB 9 de Julio, Lima,
Constitución, Lima Oeste, Av. Brasil, Av. Gral. Hornos, continuando por su ruta.
Regreso a Plaza Miserere: Sin modificaciones.
Recorrido C, D y E:
Ida a Villa España: Su ruta por Av. Belgrano, carriles MTB 9 de Julio, Lima,
Constitución, Lima Oeste, Av. Brasil, Av. Gral. Hornos, continuando por su ruta.
Regreso a Plaza Miserere: Sin modificaciones.
Recorrido F
Ida a Barrio Gráfico: Su ruta B. Mitre, Talcahuano, Av. Belgrano, carriles MTB 9 de
Julio, Lima, Constitución, Lima Oeste, Av. Brasil, Av. Gral. Hornos, continuando por su
ruta.
Regreso a Plaza Miserere: Su ruta por Av. Montes de Oca, B. de Irigoyen, Av. J. de
Garay, Salta, Av. De Mayo, continuando por su ruta.
Línea 100
Recorrido A y B:
Ida a Estación Lanús: Su ruta por Juncal, carriles MTB 9 de Julio, Lima, Constitución,
Lima Oeste, Av. Brasil, Lima, continuando por su ruta.
Regreso a Puerto Nuevo: Su ruta por Salta, Av. Brasil, B. de Irigoyen, carriles MTB 9
de Julio, salida entre Av. Santa Fe y Arenales, C. Pellegrini, continuando por su ruta.
Recorrido C:
Ida a Coronel Lynch y Cazón: Su ruta por Juncal, carriles MTB 9 de Julio, Lima,
Constitución, Lima Oeste, Av. Brasil, Gral. Hornos, continuando por su ruta.
Regreso a Puerto Nuevo: Su ruta por Salta, Av. Brasil, B. de Irigoyen, carriles MTB 9
de Julio, salida entre Av. Santa Fe y Arenales, C. Pellegrini, continuando por su ruta.
Recorrido D:
Ida a Coronel Lynch y Cazón: Su ruta por Juncal, carriles MTB 9 de Julio, Lima,
Constitución, Lima Oeste, Av. Brasil, Gral. Hornos, continuando por su ruta.
Regreso a Puerto Nuevo: Su ruta por Av. Montes de Oca, B. de Irigoyen, carriles MTB
9 de Julio, salida entre Av. Santa Fe y Arenales, C. Pellegrini, continuando por su ruta.
Línea 111
Recorrido A:
Ida a Italia y San José: Su ruta por Av. Roque Sáenz Peña, Sarmiento, Libertad, Av.
Santa Fe, continuando por su ruta.
Regreso a Aduana: Su ruta por Paraguay, Talcahuano, Av. Corrientes, Av. Roque
Sáenz Peña, continuando por su ruta.
Recorrido B y C:
Ida a Bermejo y Dorrego: Su ruta por Av. Roque Sáenz Peña, Sarmiento, Libertad, Av.
Santa Fe, continuando por su ruta.
  Regreso a Aduana: Su ruta por Paraguay, Talcahuano, Av. Corrientes,  Av. Roque
Sáenz Peña, continuando por su ruta.
Recorrido D
Ida a Chacarita: Su ruta por Av. Roque Sáenz Peña, Sarmiento, Libertad, Av. Santa
Fe, continuando por su ruta.
Regreso a Aduana: Su ruta por Paraguay, Talcahuano, Av. Corrientes, Av. Roque
Sáenz Peña, continuando por su ruta.
Recorrido E y F:
Ida a Av. De los Constituyentes y Av. Gral. Paz: Su ruta por Av. Roque Sáenz Peña,
Sarmiento, Libertad, Av. Santa Fe, continuando por su ruta.
Regreso a Aduana: Su ruta por Paraguay, Talcahuano, Av. Corrientes, Av. Roque
Sáenz Peña, continuando por su ruta.
Línea 115
Recorrido A

Ida a Barrio Gral. Manuel Savio: Su ruta por Av. Córdoba, Talcahuano, Lavalle,
continuando por su ruta.
Regreso a Hospital Ferroviario: Sin modificaciones.
Recorrido B
Ida a Plaza Miserere: Su ruta por Av. Córdoba, Talcahuano, Lavalle, continuando por
su ruta.
Regreso a Hospital Ferroviario: Sin modificaciones.
Línea 129
Recorrido I:
Ida a Terminal de Ómnibus de La Plata: Sin modificaciones.
Regreso a Plaza de Miserere: Su ruta por Au. Bs. As.  -  La Plata, Au. 25 de Mayo,
bajada en Solís, Solís,  Filiberto, Av. Entre Ríos, Av. Rivadavia, continuando por su
ruta.
Recorrido M:
Ida a Terminal de Ómnibus de La Plata: Su ruta por Av. Antártida Argentina, Av.
Doctor Ramos Mejía, Doctor Gustavo Martínez Zuviría, San Martín, Gilardo Gilardi, Av.
Dr. José María Ramos Mejía, Av. Antártida Argentina, Av. Doctor Ramos Mejía, Av.
Del Libertador, Cerrito, Arroyo, ingreso a carriles MTB 9 de Julio entre Arroyo y Juncal,
Lima, Constitución, Lima Oeste, Av. Brasil, continuando por su ruta.
Regreso a Hospital Ferroviario: Su Ruta, Av. Juan de Garay, B. de Irigoyen, carriles
MTB 9 de Julio, salida entre Av. Santa Fe y Arenales, C. Pellegrini, Av. Del Libertador,
San Martín, continuando por su ruta.
Recorrido O, R:
Ida a Terminal de Ómnibus de La Plata: Desde carriles MTB 9 de Julio y M.T. de
Alvear por carriles MTB  9 de Julio, Lima, Constitución, Lima Oeste, Av. Brasil,
continuando por su ruta.
Regreso a Av. Santa Fe y Cerrito: Su Ruta, Av. Juan de Garay, B. de Irigoyen, carriles
MTB 9 de Julio hasta M.T. de Alvear.
Recorrido Q:
Ida a Terminal de Ómnibus de La Plata: Su ruta por Doctor Gustavo Martínez Zuviría,
San Martín, Gilardo Gilardi, Av. Dr. José María Ramos Mejía, Av. Antártida Argentina,
Av. Dr. José María Ramos Mejía, Av. Del Libertador, Cerrito, Arroyo, ingreso a carriles
MTB 9 de Julio entre Arroyo y Juncal, Lima,  Constitución, Lima Oeste, Av. Brasil,
continuando por su ruta.
  Regreso a Hospital Ferroviario: Su Ruta, Av. Juan de Garay, B. de Irigoyen, carriles
MTB 9 de Julio, salida entre Av. Santa Fe y Arenales, C. Pellegrini, Av. Del Libertador,
San Martín, continuando por su ruta.
Línea 152
Recorrido D:
Ida a Olivos: Sin modificaciones.
Regreso a La Boca: Su ruta por Presidente Arturo Illia, Av. 9 de Julio, Arenales, Carlos
Pellegrini, Av. Del Libertador, continuando por su ruta.
Línea 195
Recorrido A:
Ida a Terminal de Ómnibus de La Plata: Su ruta por Av. Paseo Colón, Av. Juan de
Garay, Lima Este, Constitución, Lima Oeste, Av. Brasil, Av. Gral. Hornos, continuando
por su ruta.
Regreso a Estación Terminal de Ómnibus de Retiro: Sin modificaciones.
Recorrido B y G:

Ida a Terminal de Ómnibus de La Plata: Su ruta por Av. Paseo Colón, Av. Juan de
Garay, Lima Este, Constitución, Lima Oeste, Avenida Brasil, continuando por su ruta.
Regreso a Estación Terminal de Ómnibus de Retiro: Sin modificaciones.

Recorrido E:

Ida a Terminal de Ómnibus de La Plata: Sin modificaciones.
Regreso Plaza de la Constitución: Su ruta por Avenida Juan de Garay, Lima Este,
Constitución, Limas Oeste hasta Pavón.

Recorrido F:

Ida a Terminal de Ómnibus de La Plata: Sin modificaciones.

Regreso a Liniers: Su ruta por Avenida Juan de Garay, Lima Este, Constitución, Salta,
Estados Unidos, Avenida 9 de Julio, subida a Au. 25 de Mayo, continuando por su
ruta.

Articulo 7º.- Establécese que la velocidad máxima de circulación en el corredor será de 40 km/hora; asimismo en el cruce de las intersecciones con la Avenida Corrientes será de 20 km/hora.

Artículo 8º.- La altura máxima permitida de los vehículos de autotransporte público de
pasajeros, para la operación en las plataformas del corredor, será de tres metros con
setenta y cinco centímetros (3,75 metros).

Artículo 9º.-  Prohíbase la circulación de automóviles particulares, taxímetros,
transporte de cargas u otro  tipo de vehículo, que no sean los de las líneas de
autotransporte público de pasajeros autorizadas u otro  específicamente exceptuado,
por las calzadas que constituyen el denominado Corredor METROBUS 9 DE  JULIO
todos los días, las 24 horas.

Artículo 10.- Los vehículos de emergencia, en los términos del artículo 6.5.1 de Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires se encuentran exceptuados de
la prohibición dispuesta en el Artículo 9°, siempre que se encuentren en situación de
emergencia.

Artículo 11.-  Prohíbase la carga y descarga de mercaderías, la colocación del
volquetes, vallas de obra o  cualquier otro elemento que pueda afectar el
desplazamiento vehicular en los carriles de circulación general de las calzadas de la
Avenida 9 de Julio todos los días, las 24 horas.
Artículo 12.-  Prohíbase a partir de la implementación del Corredor aprobado por la
presente, el giro a la izquierda en todos los cruces de la Avenida 9 de Julio en sentido 
norte - sur y sur - norte. Se exceptúa de esta prohibición, el giro a la izquierda desde la Avenida 9 de Julio en su intersección con  las calles Arroyo, Arenales y la Avenida
Corrientes en sentido norte - sur.

Artículo 13.-  La Dirección General de Tránsito proyectará, ejecutará e instalará el
pertinente señalamiento vertical y la correspondiente demarcación horizontal.

Artículo 14.- La presente resolución entrará en efectiva vigencia, mediante Disposición de la Dirección General de Transporte, de acuerdo a la terminación de la construcción
y señalamiento del Corredor METROBUS 9 DE JULIO.
Artículo 15.- Apruébese el Reglamento de Circulación y Operación en los carriles del
METROBUS 9 DE JULIO que obra como Anexo I de la presente.

Artículo 16.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Transporte y remítase a la Dirección General de
Transporte quien procederá a comunicar esta Resolución a la Comisión Nacional de
Regulación del Transporte (CNRT), a las cámaras y empresas  del autotransporte
público de pasajeros números 5, 6, 7, 9, 10, 17, 24, 26, 45, 53, 59, 67, 70, 75, 91, 98, 100, 111, 115, 129, 152 y 195 y agrupaciones de taxímetros, a la Dirección General de  Tránsito, a la Policía Federal Argentina, al Ente de Mantenimiento Urbano Integral, a la Dirección General de Seguridad Vial y al Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte. Cumplido, archívese.

Dietrich 

 




 

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