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Tránsito y Transporte
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RESOLUCIÓN N° 545/ GCABA/ MDUGC/ 08

Publicada en el BOCBA N° 3013 del 12/09/2008


 

Buenos Aires, 02/09/2008

Visto el Expediente N° 50.638/08, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires impulsa la modernización de la gestión administrativa y la transparencia de los procedimientos como uno de los ejes centrales de su gestión.

Que en tal sentido se han venido adoptando un conjunto de medidas tendientes a simplificar los procedimientos administrativos en base a criterios de eficiencia y a partir de la incorporación de herramientas informáticas que simplifiquen el tratamiento de las gestiones que, en especial, deban desarrollar los terceros en su relación con la Administración.

Que la Dirección General de Transporte, dependiente de la subsecretaria de Transporte, ha venido desarrollando una serie de acciones tendientes a eficientizar su desempeño, las cuales llevaron a propiciar una serie de intervenciones con el objeto de generar un nuevo marco para la regulación de las actividades concernidas en la esfera de competencias de dicha Dirección.

Que asimismo ha introducido avances en la gestión administrativa que han permitido el mejor abordaje de sus competencias.

Que, no obstante ello, las mencionadas políticas de modernización y transparencia impulsadas por la actual gestión, requieren de una profunda revisión de los procedimientos hasta ahora desarrollados.

Que en ese orden de ideas la Sindicatura General de la Ciudad ha efectuado un conjunto de observaciones en su Informe N° 194 -SGCBA- como resultado de las tareas de fiscalización desarrolladas en el marco del Proyecto N° 190/07 "Cumplimiento Normativo Relativo al Ejercicio del Poder de Policía sobre los Servicios de Transporte Habilitados para Cada Rubro" en el ámbito de la Dirección General de Transporte.

Que, entre otras cuestiones, dicho informe plantea la necesidad de implementar sistemas informáticos para la detección en tiempo real del vencimiento de la vigencia de las licencias; la adopción de medidas en materia de registración de algunos procesos; la instrumentación de acciones para el dictado de normas que establezcan responsabilidades para cada una de las áreas de la Dirección; y la adopción de medidas conducentes a la informatización de los sistemas de denuncias.

Que de los relevamientos efectuados surge la necesidad de proceder a la regularización de todo aquello referente a la renovación de licencias de taxis y otros trámites los que podrían ser realizados en menor tiempo redundado ello en beneficio del Estado y del particular que debe realizarlos.

Que el alcance exitoso de los objetivos de mayor eficiencia y transparencia buscados, torna recomendable contar con la asesoría experta de áreas ajenas a la Dirección General de Transporte, en especial en lo atinente al análisis y la informatización de procesos administrativos, toda vez que se trata de tareas de considerable complejidad y especificidad.

Que en virtud de lo expuesto resulta conveniente la creación de una Comisión para el estudio de la totalidad de procedimientos llevados a cabo en materia de gestión administrativa de los servicios, con participación, de la Unidad de Auditoria Interna del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Que asimismo resulta conveniente la participación de representantes de la Subsecretaría de Modernización del Estado de la Jefatura de Gabinete de Gobierno

Que la citada Comisión debería producir sus recomendaciones dentro de los 60 días de conformada.

Por ello, en uso de la atribuciones conferidas por el Decreto N° 2075 del 10 de Diciembre de 2007,

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO

RESUELVE

Artículo 1°.- Créase la Comisión para el Estudio de los Procedimientos Desarrollados por la Dirección General de Transporte la que tendrá por objetivo analizar y producir recomendaciones para el mejor desempeño de las competencia administrativas que le corresponden en materia de gestión de los registros de licencias de taxis, transporte escolar y remises.

Artículo 2°.- La Comisión para el Estudio de los Procedimientos Desarrollados por la Dirección General de Transporte, estará conformada por tres representantes de la Subsecretaría de Transporte y un representante de la Unidad Auditoría Interna del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Artículo 3°.- Invítase a la Subsecretaría de Modernización del Estado dependiente de la Jefatura de Gabinete de Gobierno a designar un representante para la conformación de la Comisión creada por el Artículo 1° de la presente.

Artículo 4°.-. La Comisión para el Estudio de los Procedimientos Desarrollados por la Dirección General de Transporte debería producir sus recomendaciones dentro de los 60 días de conformada.

Artículo 5°.- La Dirección General de Transporte, adoptará los recaudos para facilitar el acceso a la información requerida así como toda otra colaboración necesaria a los fines del mejor desempeño de las tareas encomendadas a la Comisión.

Artículo 6°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Subsecretarías de Transporte y Seguridad Urbana, y de Modernización del Estado para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Transporte. Cumplido, archívese.




 

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