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Inicio - Derechos - Tránsito y Transporte - Estacionamiento (TyT)
 
Tránsito y Transporte
Estacionamiento (TyT)

387/GCABA DISPOSICIÓN Nº /DGTRANSI/10

                       

Publicada en el BOCBA 3519 del 06/10/2010

                                                                   Buenos Aires, 29 de septiembre de 2010

 

VISTO:

la Nota N° 669318-DGTRANSI-2010, y

CONSIDERANDO:

Que por estos actuados se plantean los problemas que se generan en el estacionamiento vehicular en diferentes arterias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en que rige el sistema de estacionamiento medido;

Que a falta de un ordenamiento sobre el particular y a los fines de clarificar el dilema entre ambos sistemas, se propicia determinar fehacientemente la aplicación del sistema de estacionamiento medido junto a ambas aceras, cuando esté vigente junto a una de ellas;

Que con la concreción de este temperamento se procura mejorar los procesos que provoca en reiteradas oportunidades la dispersión de normas de estacionamiento vehicular;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

 

EL DIRECTOR GENERAL DE TRÁNSITO

DISPONE

Artículo 1°.- Aclárase que el estacionamiento vehicular junto al margen izquierdo, en las cuadras comprendidas en que rige el sistema de estacionamiento medido junto a la acera derecha, se le considera el mismo régimen de estacionamiento medido.

Artículo 2°.- La Dirección Operativa de Señalamiento Vial con el asesoramiento técnico de la Dirección Operativa de Planeamiento y Ordenamiento del Transito procederá dentro de los noventa (90) días a adecuar el señalamiento vertical, que no se encuentra de acuerdo a lo establecido en el artículo anterior.

Artículo 3°.- La Dirección Operativa de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito verificará los listados de las normas particulares de estacionamiento en el sentido indicado en el artículo 1°.

Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaria de Transporte, a la Policía Federal Argentina, al Cuerpo de Agentes de Control de Transito y Transporte, a las Direcciones Generales de Rentas y de Seguridad Vial y de Transporte y a las Direcciones Operativas de Planeamiento y Ordenamiento del Tránsito, de Señalización Luminosa y de Señalamiento Vial. Cumplido, remítase para su conocimiento y demás efectos, al Departamento Administrativo. Sigillito

 




 

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