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Buenos Aires 22 de julio de 2010

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Condónase al Centro de Jubilados y Pensionados "Abuelos de Villa Luro" la deuda que en concepto de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras y Ley 23.514 mantiene con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el inmueble ubicado en San Blas 5462, Partida Nº 285172.

Artículo 2°.- La existencia de eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda condonada no da lugar a reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna abonada.

Artículo 3°.- El beneficiario de la presente norma se hará cargo de las costas y costos por el juicio iniciado.

Artículo 4°.- Comuníquese, etc.

OSCAR MOSCARIELLO

CARLOS PÉREZ

LEY N° 3.505

Sanción: 22/07/2010

Promulgación: De Hecho del 17/08/2010

Publicación: BOCBA N° 3490 del 26/08/2010




 

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