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Inicio - Derechos - DLDC - Articulo21
 
DLDC
Articulo21


Buenos Aires, 27 de abril de 2017

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- La Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere a la Ley Nacional 26.928 a través de la cual se crea el régimen de protección integral para las personas que hayan recibido un trasplante inscriptos en el Registro Nacional de Procuración y Trasplante o se encuentren en lista de espera para trasplantes del Sistema Nacional de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA).

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

DIEGO SANTILLI

CARLOS PÉREZ

LEY N° 5.802

Sanción: 27/04/2017

Promulgación: Decreto Nº 173 del 18/05/2017

Publicación: BOCBA N° 5133 del 23/05/2017




 

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