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Inicio - Derechos - DLDC - Anexo1
 
DLDC
Anexo1


DECRETO N° 1.919

Publicado en el BOCBA N° 2566 del 15/11/2006


Delega facultades en el Ministro de Planeamiento y Obras Públicas

Buenos Aires, 8 de noviembre de 2006.

Visto la Ley N° 46 (B.O.C.B.A. N° 514), la Ley Nacional N° 13.064, el Decreto N° 2.186/06 (B.O.C.B.A. N° 2083), la Resolución N° 190-MPyOPGC/06 (B.O.C.B.A. N° 2504) y el Expediente N° 76.940/06, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Resolución N° 190-MPyOPGC/06, recaída en el Expediente N° 44.016/06, se ha llamado a Licitación Pública denominada N° 5 A y B, para la obra "Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado en el Parque de la Memoria", lindero a la Ciudad Universitaria, aprobándose los respectivos pliegos por un presupuesto oficial de pesos nueve millones ($ 9.000.000);
Que, previamente, a través de las Resoluciones Nros. 166 y 167-MPyOPGC/06, ambas de fecha 28 de julio de 2006, recaídas respectivamente en los Expedientes Nros. 88.401/05 y 88.402/05, se desestimaron las ofertas presentadas en las licitaciones denominadas 5-A y 5-B para el emplazamiento del aludido monumento, por cuanto las mismas no otorgaban certeza a los plazos de realización de los trabajos y resultaban de monto desproporcionado, lo que ha constituido un inevitable atraso en la ejecución de la obra;
Que no puede dejar de señalarse que el monumento mencionado constituye un hito esencial para la conservación de la memoria colectiva, sobre la que debe cimentarse el propósito del "Nunca Más", que debe regir como objetivo fundamental del devenir histórico de nuestra ciudad y de nuestra Nación, y el homenaje permanente que se tributa en tal sentido;
Que estas circunstancias excepcionales plantean un desafío no habitual por la alta significación histórica, cultural, educacional y el carácter artístico, arquitectónico y funcional del área a intervenir en el paisaje de la costa urbana, por lo cual resulta necesario arbitrar mecanismos administrativos dotados de la suficiente celeridad y eficiencia a efectos de recuperar el tiempo insumido en los llamados anteriores y facilitar la más pronta inauguración de las obras, de forma de garantizar su adecuada incorporación a los espacios del Parque de la Memoria en permanente homenaje a las víctimas del Terrorismo de Estado;
Que, además, la complejidad técnica y la especialización requerida en la ejecución de la obra, configuran una circunstancia de urgencia objetiva que legítima la delegación en el señor Ministro de Planeamiento y Obras Públicas de la aprobación y adjudicación del llamado licitatorio;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete de acuerdo a las facultades asignadas por la Ley N° 1.218 (B.O.C.B.A. N° 1850);
Por ello, y en uso de las facultades previstas en el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1° - Deléganse en el señor Ministro de Planeamiento y Obras Públicas las facultades para dictar todos los actos administrativos necesarios para materializar la contratación de la licitación pública llamada por Resolución N° 190-MPyOPGC/06, para adjudicar la obra "Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado en el Parque de la Memoria", para suscribir el pertinente contrato y para la supervisión y control de la obra.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Planeamiento y Obras Públicas y de Hacienda.
Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Infraestructura y Obras y a las Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Obras Públicas y remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas, para la prosecución del trámite. TELERMAN - Schiavi - Beros




 

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