Visto el artículo 43 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Resolución CM N° 363/03, y
CONSIDERANDO:
Que
este consejo, en ejercicio de sus facultades constitucionales y
legales, encuentra que el reglamento interno establecido por la
Resolución CM N° 363/03 requiere modificaciones y adecuaciones en aras
de mejorar su funcionamiento, tomando en cuenta la experiencia recogida;
Que
resulta necesario que la reestructuración general emprendida por la
Resolución CM N° 362/03 sea complementada en aspectos técnicos que
permitan el desarrollo y cumplimiento de los objetivos que la Ley N° 31 y
su modificatoria imponen al Consejo de la Magistratura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que a los efectos de
compatibilizar el régimen de empleo público con el vigente en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, desde la sanción de la Ley N° 471, es
necesario establecer los instrumentos que así lo permitan en la
normativa interna;
Que la actual planta de funcionarios y
empleados de este Consejo requiere su adecuación a las nuevas
necesidades de funcionamiento y cumplimiento de sus obligaciones, y su
consecuente escalafonamiento en las categorías y el agrupamiento general
que se crean con el objeto de disponer una mejor distribución de
funciones y responsabilidades;
Que la Constitución de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su artículo 43 garantiza un régimen
de empleo público que asegura la estabilidad y capacitación de sus
agentes, basados en la idoneidad funcional, reconociéndose y
organizándose la carrera administrativa por medio de agrupamientos por
función;
Que es voluntad de este Consejo de la
Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires poner en
funcionamiento un sistema de carrera para el personal de este organismo
que valorice el desempeño de los agentes y promueva la equidad entre los
distintos sectores, en base al reconocimiento del desarrollo de
competencias en las tareas asignadas;
Que la carrera
administrativa que se establece debe organizarse por especialidad,
ordenándose internamente de acuerdo a la complejidad, responsabilidad y
requisitos de capacitación propios de las funciones respectivas;
Que
la carrera administrativa debe prever un régimen de evaluación anual de
los empleados del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires que sea la base para la mejora continua del organismo, así
como también para la promoción y desarrollo de los agentes, garantizando
la imparcialidad y transparencia del procedimiento;
Que,
asimismo, el artículo 116, inc. 5, de la Constitución de la Ciudad,
atribuye al Consejo de la Magistratura la facultad de reglamentar el
nombramiento, la remoción y el régimen disciplinario de los funcionarios
y empleados, competencia que corresponde a este plenario conforme el
artículo 20, inciso 13, de la Ley N° 31;
Que la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictó con fecha 20 de
diciembre de 2004, el Decreto N° 308-VP/04, publicado en el Boletín
Oficial N° 2091, por el que se convalida el Convenio Colectivo de
Trabajo General para el Personal de la Legislatura de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que el Poder Ejecutivo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires dictó con fecha 31 de mayo de 2004, el Decreto
N° 986-GCABA/04 por el que se aprueba el Escalafón General para el
Personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, publicado en el Boletín Oficial N° 1953. Asimismo, con
fecha 16 de julio de 2004 dictó el Decreto N° 1.232-GCABA/04 mediante
el cual se crea la Unidad de Proyectos Especiales Implementación de la
Carrera Administrativa;
Por ello, en ejercicio de las
atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 31 y su modificatoria,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURADE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRESRESUELVE:
Artículo 1° - Derogar el Anexo I de la Resolución CM N° 363/03.
Artículo
2° - Aprobar el Reglamento Interno del Consejo de la Magistratura de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires que como Anexo I forma parte de la
presente.
Artículo 3° - Aprobar los Formularios de evaluación que como Anexo II forman parte de la presente.
Artículo
4° - Derogar la Resolución CM N° 463/05 en cuanto se refiere al
personal que se desempeña en el Consejo de la Magistratura.
Artículo
5° - Sustituir el régimen de licencias previsto en la Resolución CM N°
302/03 por el que se establece en el presente reglamento.
Artículo
6° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, en el sitio de
internet del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(www.jusbaires.gov.ar) y en la cartelera del Consejo, comuníquese al
Tribunal Superior de Justicia, al Sr. Fiscal General, al Sr. Defensor
General, al Sr. Asesor Tutelar General, a la Cámara de Apelaciones en lo
Contravencional y de Faltas, a la Cámara de Apelaciones en lo
Contencioso Administrativo y Tributario, a todas las dependencias del
Consejo y, oportunamente, archívese.
ANEXOS