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Inicio - Derechos - Tributario y Fiscal - Compras y Contrataciones (TyF)
 
Tributario y Fiscal
Compras y Contrataciones (TyF)


Buenos Aires, 05 de junio de 2014

VISTO:

Las Ley N° 2.095 y su modificatoria Ley N° 4.764, los Decretos N° 1.145/2009 y N°

95/2014, las Disposiciones N° 171/DGCYC/08 y N° 119/DGCYC/11, el Expediente

Electrónico N° 2014-04.149.560- MGEYA-DGCYC, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.095, establece las normas básicas que deben observarse para los

procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios y regula las

obligaciones que derivan de los mismos, en el ámbito del Sector Público de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley N° 4.764 ha modificado a la mentada Ley N° 2.095, habilitando, entre otras

reformas, la diversificación de los procedimientos administrativos de contratación e

incorporando entre los principios generales que rigen a la contratación pública al de

sustentabilidad y al de la vía electrónica, calificando como excepcional la tramitación

de procedimientos de compras en soporte papel;

Que mediante Decreto N° 95/2014 se aprobó la nueva reglamentación de la Ley de

Compras y Contrataciones N° 2.095, necesaria a los fines de la aplicación efectiva de

las modificaciones introducidas por la Ley N° 4.764;

Que por Decreto N° 1.145/GCABA/09 se aprobó la reglamentación del artículo 83° de

la Ley N° 2.095 y se implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y

Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado

"Buenos Aires Compras (BAC)" con alcance a todas las jurisdicciones dependientes

del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que oportunamente mediante Disposición N° 171/DGCYC/08 se aprobó el Pliego

Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en ese orden, por Disposición N° 119/DGCYC/11 se aprobó el Pliego de Bases y

Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones mediante BAC;

Que, en esta instancia resulta necesario proceder a la aprobación de un nuevo Pliego

de Bases y Condiciones Generales que ampare las modificaciones introducidas por la

nueva normativa dictada;

Que de igual modo, corresponde que el mentado Pliego de Bases y Condiciones

Generales contenga las disposiciones relativas a los procesos de compras y

contrataciones a efectuarse a través del sistema electrónico BAC, con la pertinente

adecuación de sus artículos a las particularidades de cada medio;

Que, la Ley N° 2.095 establece como Órgano Rector del Sistema de Compras y

Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a esta Dirección

General de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Hacienda;

Que el artículo 18° de la citada ley establece entre las funciones y competencias del

Órgano Rector la de "j) Elaborar y aprobar, el pliego único de bases y condiciones

generales...";

Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención en

los presentes actuados.

Por ello, y de acuerdo con las facultades previstas en el inciso j) del artículo 18 de la

Ley N° 2.095, modificada por la Ley N° 4.764,

EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

DISPONE:

Art. 1°.- Apruébase el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la

contratación de bienes y servicios, que como Anexo I (IF-2014-06787788-DGCYC)

forma parte integrante de la presente.

Art. 2°.- Deróganse las Disposiciones N° 171/DGCYC/08 y N° 119/DGCYC/11.

Art. 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de

Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a todos

los Ministerios y Secretarías del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Butera

VISTO:

Las Ley N° 2.095 y su modificatoria Ley N° 4.764, los Decretos N° 1.145/2009 y N°

95/2014, las Disposiciones N° 171/DGCYC/08 y N° 119/DGCYC/11, el Expediente

Electrónico N° 2014-04.149.560- MGEYA-DGCYC, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.095, establece las normas básicas que deben observarse para los

procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios y regula las

obligaciones que derivan de los mismos, en el ámbito del Sector Público de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley N° 4.764 ha modificado a la mentada Ley N° 2.095, habilitando, entre otras

reformas, la diversificación de los procedimientos administrativos de contratación e

incorporando entre los principios generales que rigen a la contratación pública al de

sustentabilidad y al de la vía electrónica, calificando como excepcional la tramitación

de procedimientos de compras en soporte papel;

Que mediante Decreto N° 95/2014 se aprobó la nueva reglamentación de la Ley de

Compras y Contrataciones N° 2.095, necesaria a los fines de la aplicación efectiva de

las modificaciones introducidas por la Ley N° 4.764;

Que por Decreto N° 1.145/GCABA/09 se aprobó la reglamentación del artículo 83° de

la Ley N° 2.095 y se implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y

Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado

"Buenos Aires Compras (BAC)" con alcance a todas las jurisdicciones dependientes

del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que oportunamente mediante Disposición N° 171/DGCYC/08 se aprobó el Pliego

Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en ese orden, por Disposición N° 119/DGCYC/11 se aprobó el Pliego de Bases y

Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones mediante BAC;

Que, en esta instancia resulta necesario proceder a la aprobación de un nuevo Pliego

de Bases y Condiciones Generales que ampare las modificaciones introducidas por la

nueva normativa dictada;

Que de igual modo, corresponde que el mentado Pliego de Bases y Condiciones

Generales contenga las disposiciones relativas a los procesos de compras y

contrataciones a efectuarse a través del sistema electrónico BAC, con la pertinente

adecuación de sus artículos a las particularidades de cada medio;

Que, la Ley N° 2.095 establece como Órgano Rector del Sistema de Compras y

Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a esta Dirección

General de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Hacienda;

Que el artículo 18° de la citada ley establece entre las funciones y competencias del

Órgano Rector la de "j) Elaborar y aprobar, el pliego único de bases y condiciones

generales...";

Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención en

los presentes actuados.

Por ello, y de acuerdo con las facultades previstas en el inciso j) del artículo 18 de la

Ley N° 2.095, modificada por la Ley N° 4.764,

EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

DISPONE:

Art. 1°.- Apruébase el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la

contratación de bienes y servicios, que como Anexo I (IF-2014-06787788-DGCYC)

forma parte integrante de la presente.

Art. 2°.- Deróganse las Disposiciones N° 171/DGCYC/08 y N° 119/DGCYC/11.

Art. 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de

Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a todos

los Ministerios y Secretarías del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Butera

VISTO:

Las Ley N° 2.095 y su modificatoria Ley N° 4.764, los Decretos N° 1.145/2009 y N°

95/2014, las Disposiciones N° 171/DGCYC/08 y N° 119/DGCYC/11, el Expediente

Electrónico N° 2014-04.149.560- MGEYA-DGCYC, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.095, establece las normas básicas que deben observarse para los

procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios y regula las

obligaciones que derivan de los mismos, en el ámbito del Sector Público de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley N° 4.764 ha modificado a la mentada Ley N° 2.095, habilitando, entre otras

reformas, la diversificación de los procedimientos administrativos de contratación e

incorporando entre los principios generales que rigen a la contratación pública al de

sustentabilidad y al de la vía electrónica, calificando como excepcional la tramitación

de procedimientos de compras en soporte papel;

Que mediante Decreto N° 95/2014 se aprobó la nueva reglamentación de la Ley de

Compras y Contrataciones N° 2.095, necesaria a los fines de la aplicación efectiva de

las modificaciones introducidas por la Ley N° 4.764;

Que por Decreto N° 1.145/GCABA/09 se aprobó la reglamentación del artículo 83° de

la Ley N° 2.095 y se implementó el Sistema Electrónico de Adquisiciones y

Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado

"Buenos Aires Compras (BAC)" con alcance a todas las jurisdicciones dependientes

del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que oportunamente mediante Disposición N° 171/DGCYC/08 se aprobó el Pliego

Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en ese orden, por Disposición N° 119/DGCYC/11 se aprobó el Pliego de Bases y

Condiciones Generales para los procesos de compras y contrataciones mediante BAC;

Que, en esta instancia resulta necesario proceder a la aprobación de un nuevo Pliego

de Bases y Condiciones Generales que ampare las modificaciones introducidas por la

nueva normativa dictada;

Que de igual modo, corresponde que el mentado Pliego de Bases y Condiciones

Generales contenga las disposiciones relativas a los procesos de compras y

contrataciones a efectuarse a través del sistema electrónico BAC, con la pertinente

adecuación de sus artículos a las particularidades de cada medio;

Que, la Ley N° 2.095 establece como Órgano Rector del Sistema de Compras y

Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a esta Dirección

General de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Hacienda;

Que el artículo 18° de la citada ley establece entre las funciones y competencias del

Órgano Rector la de "j) Elaborar y aprobar, el pliego único de bases y condiciones

generales...";

Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención en

los presentes actuados.

Por ello, y de acuerdo con las facultades previstas en el inciso j) del artículo 18 de la

Ley N° 2.095, modificada por la Ley N° 4.764,

EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

DISPONE:

Art. 1°.- Apruébase el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la

contratación de bienes y servicios, que como Anexo I (IF-2014-06787788-DGCYC)

forma parte integrante de la presente.

Art. 2°.- Deróganse las Disposiciones N° 171/DGCYC/08 y N° 119/DGCYC/11.

Art. 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de

Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a todos

los Ministerios y Secretarías del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Butera

El anexo se encuentra en la separata del BOCBA 4414 del 10/06/2014




 

www.ciudadyderechos.org.ar