Procedimiento Operativo Motovehículos Retenidos. Régimen dispuesto por Ley 5835.
RESOLUCIÓN N.° 91/SSSC
/ Buenos Aires,8 de septiembre de 2017 VISTO:
La Ley N° 5.835, el Decreto N° 320/17, el Expediente Electrónico N°
20100722/SSSC/2017, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.835 creó el régimen aplicable a los motovehículos retenidos;
Que a los fines de su aplicación, el Decreto N° 320/17 estableció a la Subsecretaria de
Seguridad
Ciudadana de la
Secretaria de Seguridad del Ministerio de Justicia y
Seguridad como Autoridad de
Aplicación de la Ley N° 5.835, disponiendo que le
corresponde dictar las normas complementarias,
interpretativas y operativas que
fueran necesarias para la aplicación e implementación de la citada Ley;
Que en tal sentido, resulta indispensable disponer las normas a los fines de la puesta
en marcha del
procedimiento
reglado por la ley a los fines de lograr una ágil y rápida
remisión, guarda, devolución o
disposición final de los motovehículos retenidos;
Que la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad ha tomado intervención
en el marco de su
competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 5.835 y el Decreto N°
320/17,
EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANA
RESUELVE
Artículo 1.-
Apruébase el Procedimiento Operativo Aplicable a Motovehículos
Retenidos que como Anexo
I ( IF-2017
-20683759-
-SSSC) forma parte de la presente
resolución.
Artículo 2.-
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Secretaría de
Seguridad y a la Secretaría de Administración de
Seguridad. Pase a la Dirección General Adm
inistrativa y
Legal de Seguridad del
Ministerio de Justicia y Seguridad para su conocimiento y comunicación. Cumplido,
archívese.
Sassano