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RESOLUCIÓN N° 77 - PG
Establece que el domicilio legal del Gobierno de la Ciudad a los efectos de toda notificación judicial es el de la Procuración General, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas

Buenos Aires, 21 de abril de 2006.

Visto lo dispuesto por la Ley N° 1.218 y el Decreto N° 298/06, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 1.218 en su artículo 20 estableció que "Deben notificarse en el domicilio de la Sede de la Procuración General las actuaciones judiciales que conciernan a: a) la Administración Pública centralizada, desconcentrada y descentralizada dentro de la órbita del Poder Ejecutivo; b) las Sociedades del Estado; c) las Sociedades en las que la Ciudad tiene participación";
Que mediante el Decreto N° 298/06 se ha modificado la estructura organizativa de este organismo constitucional, creándose el Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, dependiente de la Dirección Notificaciones y Trámite de la Dirección General Técnica Administrativa, el cual tiene entre sus acciones la de supervisar la recepción de cédulas de notificación y oficios judiciales que ingresen a la Procuración General;
Que, asimismo esta gestión encaró reformas edilicias y modificaciones de los lugares de trabajo de las diferentes áreas de la Procuración General para un mejor aprovechamiento del espacio físico y el logro de una mayor eficacia y eficiencia en el desempeño de las competencias del organismo;
Que para mejorar la accesibilidad a las áreas de atención al público, los Departamentos de Mesa de Entradas y Oficios y Cédulas y el Servicio de Patrocinio Jurídico Gratuito se transfirieron en la planta baja del edificio de la Procuración General;
Que el Departamento Oficios Judiciales y Cédulas tiene ingreso por la calle Uruguay 458;
Por ello, y en uso de las competencia otorgada por el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley N° 1.218,

LA PROCURADORA GENERAL
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1° - Establécese que el domicilio legal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los efectos de toda notificación judicial conforme lo establecido por el artículo 20 de la Ley N° 1.218, es el de la Procuración General, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en la calle Uruguay 458 de esta ciudad.
Artículo 2° - En las presentaciones judiciales que se efectúen a partir del dictado de la presente resolución, los letrados intervinientes deberán constituir nuevo domicilio en Uruguay 458, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, haciendo expresa mención del dictado de la presente.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, a los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y para su conocimiento y demás efectos pase a la Procuración General Adjunta de Asuntos Contenciosos y a la Dirección General Técnica Administrativa. Tadei




 

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