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Derechos Humanos (Conv.)

DISPOSICIÓN Nº 23/GCABA/DP/13


                                                                   Buenos Aires, 13 de marzo de 2013

VISTO:

Lo dispuesto en los artículos 13 (incisos n y ñ) y 22 de la Ley N° 3 (Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires), el Convenio Marco de Prestación de Servicios de Mediación y Conciliación suscripto oportunamente con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Disposición n° 216/08 y la publicación en el BOCBA n° 3066 del 27/11/08.

CONSIDERANDO:

Que con fecha 28 de agosto de 2008 esta Defensoría del Pueblo y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires celebraron un Convenio Marco de Prestación de Servicios de Mediación y Conciliación y por Disposición n° 216/08 fue publicado en el BOCBA n° 3066 del 27/11/08.

Con fecha 26 de diciembre de 2012 ambas partes suscribieron una Addenda a dicho convenio marco.

Conforme que por Disposición n° 28/05 se creó el Registro Único de Convenios de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde incorporar a tal registro la Addenda anteriormente mencionada, procediéndose a su debida protocolización por la Dirección General Secretaría Legal y Técnica.

POR ELLO:

LA DEFENSORA DEL PUEBLO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE

Artículo 1°.- Incorporar al Registro Único de Convenios de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la Addenda al Convenio Marco de Prestación de Servicios de Mediación y Conciliación suscripto entre la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo forma parte integrante de la presente Disposición

Artículo 2°.- Pasar a la Dirección General Secretaría Legal y Técnica para su intervención a efectos de la debida protocolización del instrumento anteriormente mencionado.

Artículo 3°.- Publicar por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar, y oportunamente archivar.

Pierini

                                                     ANEXO I

ADDENDA AL CONVENIO MARCO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE MEDIACION Y CONCILIACION

Entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante el "GCBA", representado en este acto por el señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ingeniero Mauricio MACRI, con domicilio legal en la calle Bolívar N° 1,

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la Defensora del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, en adelante la "Defensora", representada en este acto por la Dra. Alicia Beatriz PIERINI, con domicilio legal en la calle Venezuela N° 842, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante en forma conjunta denominadas "LAS PARTES" acuerdan formalizar la presente Addenda modificatoria al Convenio Marco celebrado con fecha 28 de agosto de 2008, registrado bajo el N° 50108.

PRIMERA: "LAS PARTES" acuerdan que la Cláusula Primera del Convenio Marco N°  50108, quedar redactada del siguiente modo:

"El GCBA, a través de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, someter  voluntariamente al Servicio de Mediación y Conciliación de la "Defensora" aquellas controversias jurídicas suscitadas entre los vecinos de la Ciudad y algún ente u organismo centralizado o descentralizado del Gobierno de la Ciudad, y que no superen en su reclamo la suma de PESOS CINCUENTA Mil ($50.000.·)".

SEGUNDA: Ratificase la vigencia del Convenio Marco de Prestación de Servicios de  Mediación y Conciliación celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Defensora del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires celebrado con  fecha 28 de agosto de 2008 y registrado bajo en N° 50108.

TERCERA: "LAS PARTES" acuerdan que la vigencia de los términos de la presente Addenda, operar a partir del 1° de enero de 2013.

En prueba de conformidad, se firman 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y al mismo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 26 días del mes de diciembre de 2012.



 


 

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