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Tributario y Fiscal
Impuestos (TyF)

RESOLUCIÓN Nº 225/11

Publicada en BOCBA 3665 del 17/05/2011

                                                                       Buenos Aires, 12 de mayo de 2011

VISTO:

las Resoluciones Nros. 4969-DGR/04 (B.O. N° 2099) y 3810-DGR/05 (B.O. N° 2287), y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 24 de la Resolución citada en primer término, modificado por el artículo 6° de la Resolución N° 3810-DGR/05, establece que la Recategorización en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos debe realizarse por semestre calendario vencido en los meses de febrero y agosto;

Que inconvenientes de índole operativa originados en la implementación del nuevo Sistema de Gestión Integral Tributaria, han impedido cumplir con la presentación de las Declaraciones Juradas y el pago de la cuota de acuerdo con la nueva categoría, tal como está dispuesto, durante el mes de Febrero de 2011;

Que como consecuencia de lo mencionado precedentemente, se extendieron los plazos previstos, siendo necesario dar por cumplida en tiempo y forma la Recategorización efectuada durante el mes de Marzo de 2011;

Por ello y en virtud de las facultades que le son propias,

                  EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

 RESUELVE:

Artículo 1°.- Dése por cumplida en tiempo y forma la Recategorización de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos ­Categoría Régimen Simplificado- realizadas hasta el 31 de Marzo de 2011, inclusive.-

Artículo 2°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Rentas. Cumplido, archívese. Walter




 

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