RESOLUCIÓN N° 37/ GCABA/ SSTRANS/ 08  
 
Publicada en el BOCBA N° 3016 del 17/09/2008
Buenos Aires, 05/09/2008
 
Visto Registro N° 523-SSTRANS-2008, y 
CONSIDERANDO: 
Que de los antecedentes incorporados en la nota referida en el visto surge que a partir del 08 de septiembre de 2008 se desarrollarán medidas del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA) que significarán una menor cantidad de trámites a procesar diariamente; 
Que la medida antes mencionada provocará demoras que afectarán el normal desarrollo de las actividades de la Empresa Concesionaria SACTA S.A.; 
Que dicha medida tendrá como consecuencia un sinnúmero de inconvenientes en el público usuario de la empresa concesionaria citada en el párrafo anterior; 
Que por tales motivos se prevé que determinadas licencias no se encontrarán ajustadas a normas; 
Que estas circunstancias especiales motivan establecer una prórroga por el plazo de treinta (30) días hábiles del vencimiento de las habilitaciones, renovaciones de las licencias y verificaciones técnicas de vehículos afectados al Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6° de la Ordenanza N° 41.815 (B.M. N° 17.950 del 15/1/87); 
Que dicha norma establece que "… La vigencia de la Licencia de Taxi, para cada vehículo afectado al servicio, será de un (1) año…."; 
Que la medida que se propicia reviste carácter transitorio, excepcional, y justifica razonablemente el otorgamiento de una prórroga, a los efectos de garantizar la continuidad en prestación del referido servicio; 
Por ello, en ejercicio de facultades que le son propias, 
 
EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
Artículo 1°- Prorrógase por treinta (30) días hábiles el vencimiento de la habilitación y renovación de las licencias y verificación técnica de vehículos del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro cuyo término de vigencia operase durante el mes de septiembre de 2008. 
Artículo 2°- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretarías de Transporte, de Seguridad Urbana y remítase a la Dirección General de Transporte, la que comunicará a la Policía Federal Argentina y a las entidades que agrupan a los propietarios y conductores del Servicio Público de Taxis y a la empresa concesionaria SACTA S.A. Cumplido, archívese. 
RESOLUCIÓN N° 37/ GCABA/ SSTRANS/ 08  
 
Publicada en el BOCBA N° 3016 del 17/09/2008
Buenos Aires, 05/09/2008
 
Visto Registro N° 523-SSTRANS-2008, y 
CONSIDERANDO: 
Que de los antecedentes incorporados en la nota referida en el visto surge que a partir del 08 de septiembre de 2008 se desarrollarán medidas del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA) que significarán una menor cantidad de trámites a procesar diariamente; 
Que la medida antes mencionada provocará demoras que afectarán el normal desarrollo de las actividades de la Empresa Concesionaria SACTA S.A.; 
Que dicha medida tendrá como consecuencia un sinnúmero de inconvenientes en el público usuario de la empresa concesionaria citada en el párrafo anterior; 
Que por tales motivos se prevé que determinadas licencias no se encontrarán ajustadas a normas; 
Que estas circunstancias especiales motivan establecer una prórroga por el plazo de treinta (30) días hábiles del vencimiento de las habilitaciones, renovaciones de las licencias y verificaciones técnicas de vehículos afectados al Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6° de la Ordenanza N° 41.815 (B.M. N° 17.950 del 15/1/87); 
Que dicha norma establece que "… La vigencia de la Licencia de Taxi, para cada vehículo afectado al servicio, será de un (1) año…."; 
Que la medida que se propicia reviste carácter transitorio, excepcional, y justifica razonablemente el otorgamiento de una prórroga, a los efectos de garantizar la continuidad en prestación del referido servicio; 
Por ello, en ejercicio de facultades que le son propias, 
 
EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
Artículo 1°- Prorrógase por treinta (30) días hábiles el vencimiento de la habilitación y renovación de las licencias y verificación técnica de vehículos del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro cuyo término de vigencia operase durante el mes de septiembre de 2008. 
Artículo 2°- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretarías de Transporte, de Seguridad Urbana y remítase a la Dirección General de Transporte, la que comunicará a la Policía Federal Argentina y a las entidades que agrupan a los propietarios y conductores del Servicio Público de Taxis y a la empresa concesionaria SACTA S.A. Cumplido, archívese.