Jueves 28 de marzo de 2024   
Contenidos
Derechos
Acceso a la Justicia
Boletín Oficial
Leyes CABA
Decretos CABA
Resoluciones CABA
Normas Fundamentales
Códigos
Compilaciones
Convenios
Presupuesto y Finanzas
Institucional y Político
Planeamiento Urbano
Jurisprudencia
Porteño de Ley
Noticias de la Ciudad
Contáctenos
 
Sitios Relacionados

 
   
 
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   

Herramientas
Reducir Tipografía
Aumentar Tipografía
Imprimir
Enviar a:

Temas Relacionados
Servicios de Salud
Jurisprudencia

Otros Temas
Asistencia
Mediación
Códigos



Inicio - Derechos - Salud - Hospitales
 
Salud
Hospitales

RESOLUCIÓN N° 1.729 – MSGC

Publicada en el BOCBA N° 2760 del 04/09/2007


Se crea "El Programa Salud en el Barrio"

Buenos Aires, 13 de agosto de 2007.

Visto la Nota N° 2.667-DGAIS/07; y
CONSIDERANDO:
Que por la nota citada precedentemente, la Dirección General Adjunta Atención Primaria de la Salud, dependiente de la Dirección General Atención Integral de Salud, propicia la creación del "Programa Salud en el Barrio";
Que dicho nivel lo propicia a partir de la experiencia y logros obtenidos con las tareas implementadas en el marco de acciones llevadas a cabo para la promoción y cuidado de la salud en los barrios, implementadas por la Dirección General Adjunta, a partir del año 2004;
Que estas acciones están orientadas a consolidar la interacción de las personas, las familias y la comunidad con el sistema de salud, propiciando la articulación entre los equipos de salud del primer nivel de atención y las diversas organizaciones e instituciones barriales, promoviendo una amplia participación de la comunidad, con el fin último de mejorar las condiciones de accesibilidad de los habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la salud pública;
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "garantiza el derecho a la salud integral" y asegura a través del sistema de salud "las acciones colectivas e individuales de promoción, protección, prevención, atención y rehabilitación, gratuitas, con criterio de accesibilidad, equidad, integralidad, solidaridad, universalidad y oportunidad";
Que la Ley Básica de Salud N° 153 (B.O.C.B.A. N° 703) establece entre sus principios desarrollar una cultura de la salud con el fin de mejorar la calidad de vida de la comunidad; además de exponer la necesidad de promover e impulsar su participación en la formulación de las políticas sanitarias, la gestión de los servicios y el control de las acciones de gobierno;
Que asimismo, la norma plantea la organización y desarrollo de la salud pública mediante la estrategia de atención primaria, con la constitución de redes y niveles de atención, destacando la importancia del acceso y utilización equitativa de los servicios de salud, que evite y compense desigualdades sociales y zonales dentro del territorio de la ciudad, adecuando la respuesta sanitaria a las diversas necesidades; planteando la descentralización en la gestión estatal de salud y el requerimiento de garantizar el acceso de la población a toda la información vinculada a la salud individual y colectiva;
Que desde el año 2004, a partir de las demandas expresadas por los vecinos de la ciudad en el ámbito del presupuesto participativo y del análisis de las necesidades socio-sanitarias realizado por la Dirección General Adjunta Atención Primaria de la Salud, se vienen desarrollando acciones de salud en los barrios, con el fin de ampliar la accesibilidad de los vecinos al sistema de salud, informando y orientando a los vecinos sobre los servicios de salud en cada barrio y promoviendo la participación comunitaria a través de las organizaciones sociales;
Que en ese marco se organizó un dispositivo a partir de la articulación con las Áreas Programáticas de Hospitales, a través de la Dirección Salud Comunitaria, que consistió en establecer puestos de trabajo denominados "Stand de Salud en el Barrio" desconcentrados en distintas zonas de la ciudad, a través de las cuales se estableció con los destinatarios un canal directo de comunicación en cuanto a servicios de salud y su articulación con organismos sociales a nivel local;
Que en dicho programa se propone trabajar en el fortalecimiento y desarrollo de redes locales de promoción de la salud en cada comuna, en conjunto con las organizaciones sociales y los equipos de los distintos efectores de Atención Primaria de la Salud, y simultáneamente, convocar a las áreas pertinentes del Gobierno de la Ciudad para establecer acuerdos que consoliden la gestión intersectorial a fin de generar espacios de intercambio, diagnóstico y producción de acciones tendientes a mejorar las condiciones de salud de los vecinos y de accesibilidad al sistema público de salud;
Por ello, en ejercicio de facultades que le son propias,

EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:

Artículo 1° - Créase en el ámbito de la Dirección General Adjunta Atención Primaria de la Salud, "El Programa Salud en el Barrio", cuyos objetivos y acciones se establecen en los Anexos I y II que a todos los efectos forman parte integrante de la presente.
Artículo 2° - Facúltase al/la titular de la Dirección General Adjunta Atención Primaria de la Salud para encomendar la coordinación a personal de esa Dirección General Adjunta.
Artículo 3° - Déjase establecido que la manda mencionada en el artículo precedente no genera modificación en su situación de revista ni mayor erogación presupuestaria o costo alguno para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría Servicios de Salud, a la Dirección General Atención Integral de la Salud y a la Dirección General Adjunta Atención Primaria de la Salud. Cumplido, archívese. De Micheli

                                                    ANEXO I

                                       PROGRAMA SALUD EN EL BARRIO

1. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTACION

Las acciones del Ministerio de Salud, a través de la Dirección General Adjunta de Atención Primaria de la Salud, están orientadas a consolidar la interacción de las personas, las familias y la comunidad con el sistema de salud; propiciando la articulación entre los equipos de salud del primer nivel de atención y las diversas organizaciones e instituciones barriales, y promoviendo la participación amplia de los vecinos con el fin último de mejorar las condiciones de accesibilidad de los habitantes de la Ciudad de Buenos Aires a la salud pública

De esta manera, se cumple con principios establecidos por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual "garantiza el derecho ala salud integral y asegura a través del sistema público de salud "las acciones colectivas e individuales de promoción, protección, prevención, atención y rehabilitación, gratuitas, con criterio de accesibilidad, equidad, integralidad, solidaridad, universalidad y oportunidad".

En el mismo sentido, se trabaja en el cumplimiento de principios establecidos por la Ley Básica de Salud para desarrollar una cultura de la salud con el fin de mejorar la calidad de vida de la comunidad, promoviendo e impulsando su participación en la formulación de las políticas sanitarias, la gestión de los servicios y el control de las acciones de gobierno

La Ley 153 plantea la organización y desarrollo de la salud pública conforme a la estrategia de atención primaria, con la constitución de redes y niveles de atención; destacando la Importancia del acceso y utilización equitativa de los servicios que evite y compense desigualdades sociales y zonales dentro del territorio de la Ciudad, adecuando la respuesta sanitaria a las diversas necesidades; planteando la descentralización en la gestión estatal de salud y el requerimiento de garantizar el acceso de la población a toda la información vinculada a su salud individual y a la colectiva

En este marco, desde el año 2004, a partir de las demandas expresadas por los vecinos de la Ciudad en el ámbito del Presupuesto Particlpativo y del análisis de las necesidades socio‑sanitarias realizado por la Dirección General Adjunta de Atención Primaria de la Salud se diseñaron y comenzaron a implementar múltiples acciones de salud en los barrios, con el fin de ampliar la accesibilidad de los vecinos al sistema de salud y promover la participación comunitaria.

El objetivo de estas acciones en primera instancia, se centró en informar y orientar a los vecinos sobre los servicios de salud en cada barrio; ampliar el acceso de las personas sin cobertura de salud al Plan Médicos de Cabecera y a los Centros de Salud y Acción Comunitaria, e iniciar un proceso de vinculación con las instituciones y organismos barriales. El dispositivo para desarrollar las mencionadas acciones se

organizó a partir de la articulación con las Areas Programáticas de Hospitales, a través de la Dirección de Salud Comunitaria. El mismo consistió en establecer puestos de trabajo, denominados "Stand de Salud en el Barrio", desconcentrados en diferentes zonas de la Ciudad, tomando como referencia los Centros de Gestión y Participación a fin de poner a disposición la información sobre servicios de salud en lugares donde circulan masivamente los vecinos. Estos Stands contaron con el trabajo de equipos de Promotores de Salud en el Barrio capacitados especialmente para brindar información y orientación a las personas, y para vincularse con organizaciones de la sociedad civil

Durante al año 2005 se fortalecieron estas acciones en los puestos de trabajo en cada Centro de Gestión v Participación para ampliar los indicadores sobre acceso a la información de salud y a la cobertura de salud. En forma complementaria se desarrollaron acciones de articulación con los distintos programas y áreas de gestión, tanto del Ministerio de Salud como de otras dependencias del Gobierno de la Ciudad

Este proyecto se propuso en el año 2006 desarrollar las acciones de los equipos de Promotores de Salud en el Barrio a fin de generar dispositivos que fomentaran y fortalecieran la participación comunitaria en salud a partir de la articulación entre equipos de salud, instituciones y organizaciones a nivel local. En este sentido, se trabajó en el contacto con más de doscientas organizaciones sociales, distribuidas en toda la Ciudad de Buenos Aires, comprometidas en atender necesidades sociales de los vecinos de la Ciudad. Simultáneamente se sostuvieron las acciones desarrolladas desde años anteriores, se atendieron más de 17.000 consultas formuladas por vecinos; se concretaron alrededor de 5.500 afiliaciones al Plan Médicos de Cabecera y se realizaron continuas capacitaciones a cargo de responsables de distintos Programas de Atención Primaria de la Salud para fortalecer a los equipos, con miras a potenciar el trabajo con organizaciones sociales.

Considerando el recorrido realizado, la Dirección General Adjunta de Atención Primaria de la Salud, a través de Salud en el Barrio, se ha propuesto trabajar en el fortalecimiento y desarrollo de redes locales de promoción de la salud en cada Comuna, en conjunto con las organizaciones sociales y los equipos de los distintos sectores de salud y simultáneamente convocar a las áreas pertinentes del Gobierno de la Ciudad para establecer acuerdos que consoliden la gestión intersectorial a fin de generar espacios de intercambio, diagnóstico y producción de acciones tendientes a mejorar las condiciones de salud de los vecinos y de accesibilidad al sistema público de salud.

A la luz de lo expuesto y considerando la necesidad de potenciar los dispositivos que tienden a vincular al sistema público de salud con las distintas instituciones a nivel focal, que promueven la participación comunitaria en salud y que propician la articulación de las diferentes áreas de gestión en el nuevo escenario de transición a las Comunas, se propone la formalización del "Programa Salud en el Barrio", que se desarrolla a continuación.

2. OBJETIVOS

Objetivo General:

Mejorar la accesibilidad de los vecinos de la Ciudad de Buenos Aires al sistema público de salud, en el marco de la estrategia de atención primaria de la salud.

Objetivos Específicos:

Facilitar el acceso de los vecinos a la información sobre servicios, programas y acciones de salud a nivel barrial.

Promover la participación comunitaria en salud a partir de la articulación con instituciones y organizaciones barriales.

Propiciar la articulación entre representantes barriales y equipos locales de salud.

Desarrollar actividades con la la comunidad de acuerdo a las prioridades locales de salud.

3. COMPONENTES DEL PROGRAMA

Las acciones que son competencia del Programa Salud en el Barrio se presentan estructuradas en componentes, debiéndose considerar que su desarrollo implica necesariamente la integralidad de los mismos

Componente de Relaciones con la Comunidad:

El contacto can los vecinos y organizaciones de la comunidad se realiza con Promotores de Salud en el Barrio capacitados especialmente, según dos modalidades de trabajo:

1.‑ Atención en Stands de Salud en el Barrio, con el fin de:

‑Orientar e informar al vecino sobre los servicios, programas y acciones del sistema público de salud a nivel barrial.

‑Informar y posibilitar el acceso a la cobertura de salud de los vecinos, a través de los Centros de Salud y Acción Comunitaria como del Plan Médicos de Cabecera.

‑Recepcionar sugerencias de los vecinos sobre el sistema público de salud.                            

2.‑ Articulación con organizaciones sociales, con el fin de

‑Establecer contacto periódico con las organizaciones sociales que desarrollan actividades sociales y/o de salud por Comuna

‑Relevamiento de las demandas de salud de los vecinos detectadas por las organizaciones sociales.

‑Fortalecimiento de las acciones conjuntas entre efectores de salud y Organizaciones sociales a nivel local.

Componente de Promoción de la Salud:

Actividades estacionales y localizadas que se realizan en parques y plazas de la Ciudad o en organizaciones de la sociedad civil, con el fin de promover una vida saludable.

a. Vacunación gratuita para jóvenes y adultos

b. Difusión de material de prevención de enfermedades y promoción de la salud

c. Control de factores de riesgo cardiovascular

d. Vigilancia Nutricional

Componente de Educación para la Salud:

Organización de charlas, talleres y/o cursos orientados a la comunidad, a fin de capacitar en diferentes temáticas de interés:

a. Promoción de la salud

b. Primeros auxilios

c. Salud de adultos mayores

d. Salud sexual y reproductiva

e. Prevención accidentes del hogar

f. Educación alimentaria nutricional

Componente de Comunicación Barrial:

Fortalecimiento de los canales de comunicación entre los vecinos y los equipos de salud, a través de:

a. Guía de Servicios de Salud en el Barrio

b. Boletín Salud en el Barrio

c. Gacetillas de difusión de actividades locales.

4. ORGANIZACION

Las acciones del Programa Salud en el barrio estarán a cargo de una Coordinación Central, de la que dependen los Stands de Salud en el Barrio desconcentrados en cada Comuna.

La Coordinación Central se conforma con un Coordinador General, un Coordinador Técnico y cuatro Áreas de Trabajo: Operativa, Relaciones con la Comunidad, Supervisión y Capacitación de Recursos Humanos y Administración de Información

Los Stands de Salud en el Barrio se conforman por los equipos de Promotores de Salud en el Barrio desconcentrados en cada Comuna, ubicados oportunamente en los Centros de Gestión y Participación Comunal y cuyas funciones son:

-Informar y orientar al vecino sobre servicios, programas y acciones de salud a nivel barrial.

-Realizar distribución de material gráfico para facilitar el acceso de los vecinos a la información sobre los recursos del sistema de salud

-Mantener comunicación e implementar acciones conjuntas con las Areas Programáticas de Hospitales y los Programas del Ministerio de Salud, así como con otras áreas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires desconcentradas en las Comunas

-Desarrollar relevamientos de las organizaciones sociales e instituciones gubernamentales que realizan actividades relacionadas con la salud en el ámbito local.

-Establecer una articulación dinámica con las orqanizaciones sociales no gubernamentales a fin de propiciar el trabajo de promoción de la salud a nivel barrial

-Producir informes periódicos sobre las acciones desarrolladas. Inscribir al Plan Médico de Cabecera.

-Llevar registro de las estadísticas de consultas en el Stand de Salud en el Barrio e inscripciones al Plan Médico de Cabecera.

-Actualizar la información institucional general y local, que sea requerida por los vecinos.

-Canalizar reclamos y/o sugerencias de los vecinos sobre los servicios de Salud

-Participar de las instancias de capacitación organizadas en el marco del Programa

El Programa Salud en el Barrio, a través de su Coordinación Central, coordina con las Áreas Programáticas de Hospitales las pautas de articulación de las acciones a desarrollar a nivel local.

5. MONITOREO Y EVALUACIÓN

Los dispositivos dispuestos para el monitoreo y la evaluación de la implementación del Programa se instrumentan en momentos diferentes del ejercicio anual a partir de los objetivos y metas planteados.

Monitoreo: de acuerdo alas actividades planificadas se llevan adelante encuentros quincenales de seguimiento de la tarea en la Coordinación Central y visitas periódicas a los distintos Stands de Salud en el Barrio desconcentrados en las Comunas.

Evaluación de proceso: se plantean instancias cuatrimestrales de evaluación del desarrollo del Programa, referidas al cumplimiento de las metas fijadas anualmente, la identificación de variables no previstas, al desempeño de las diferentes áreas del Programa y ala consecuente realización de los ajustes requeridos.

Evaluación de resultados: al término de cada año se plantea una instancia evaluativa a fin de realizar un balance de gestión del periodo y elaborar la planificación del año siguiente.

                                                         ANEXO II

DISPOSITIVO DE ARTICULACIÓN A NIVEL LOCAL

La articulación del Programa Salud en el Barrio con las Áreas Programáticas de Hospitales y sus efectores (Centros de Salud y Acción Comunitaria, Centros Médicos Barriales, Médicos de Cabecera) se efectiviza mediante circuitos de modalidad específica, consensuados de acuerdo a las particularidades locales e institucionales.

Incorporación al Plan Médico de Cabecera (PMC) de la población residente en la Ciudad de Buenos Aires, desconcentrada en los Centros del Gestión y Participación Comunal:

- Información al vecino sobre condiciones y requisitos del PMC

- Inscripción provisoria con la recepción de la documentación pertinente

- Entrega al beneficiario del talón de afiliación provisorio

-Presentación del listado y la documentación requerida en la Coordinación de PMC

-Registro de la estadística de afiliación al PMC.

-Difusión de acciones extramuros a partir de actividades o proyectos específicos implementados por las áreas programáticas y/o centros de salud y acción comunitaria.

-Promoción de campañas de salud focalizadas, estableciéndose las modalidades según los requerimientos de las mismas.

-Difusión de acciones programáticas y locales de salud en el Boletin Salud en el Barrio o en otros medios de difusión barrial.

-Orientación de las demandas expresadas por organizaciones sociales a través de los servicios y programas de salud instrumentados desde las Areas Programáticas y sus efectores.




 

www.ciudadyderechos.org.ar