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                          | Ley CABA  Nº: 6575 / 2022 |  
                          | Publicado en el B.O. CABA Nº 6575 el
                                                            30-11-2022 |  Hospital General de Niños “Dr. Ricardo Gutiérrez”, del Hospital General de Niños “Pedro de Elizalde” y del Hospital Materno Infantil “Ramón Sardá”   Acéptanse los legados testamentarios con cargo a favor. |  
                                       Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 3 de noviembre de 2022 
 La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
 sanciona con fuerza de Ley
 
 
 Artículo 1º.- Acéptanse los legados testamentarios con cargo a favor del Hospital   General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", del Hospital General de Niños "Pedro de   Elizalde" y del Hospital Materno Infantil "Ramón Sardá", otorgado por la señora María   Teresa Piñeiro mediante Testamento ológrafo de fecha 2 de febrero de 1993,   protocolizado mediante Escritura Pública Nº 93, de fecha 21 de septiembre de 2018,   ante la Escribana Mirta Diana Salgado, titular del registro Nº 1319 de esta Ciudad   Autónoma de Buenos Aires, cuyo juicio sucesorio tramita en los autos caratulados   "Piñeiro, María Teresa s/ Sucesión Testamentaria", ante el Juzgado Nacional de   Primera Instancia en lo Civil Nº 103, Secretaría Única, Expediente Judicial Nº   30792/2016. Los legados se distribuirán en los porcentajes mencionados en el citado   testamento.
 Art. 2 °.- Los legados a favor de los hospitales indicados en el artículo 1º de la   presente Ley, son con cargo de que el dinero legado sea entregado en bienes   destinados a equipamiento hospitalario, con autorización a los albaceas para resolver   sobre los elementos a adquirir y las condiciones y oportunidad de la entrega.  Art. 3º.- Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi
 
 DECRETO N.° 389/22
 Buenos Aires, 25 de noviembre de 2022
 
 En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad   Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley Nº 6575 (EX-2022-41222021-GCABADGALE) sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su   sesión del día 3 de noviembre de 2022.
 El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y   Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
 Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la   Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección   General de Asuntos Legislativos, comuníquese a los Ministerios de Salud y de   Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.
 
 RODRÍGUEZ LARRETA - González   Bernaldo de Quirós - Mura - Miguel
 
 
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