Ciudad Autónoma de Buenos Aires,  07 de diciembre de 2017
La Legislatura de la Ciudad Autónoma   de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
 
Artículo 1º.- Acéptase el legado testamentario con cargo otorgado por la señora Heder
  Kelly MARTINA, cuyo juicio sucesorio tramita en los autos caratulados “MARTINA
  HEDER KELLY S/SUCESION TESTAMENTARIA” (Expediente N° 72.558/2015), ante
  el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 95, Secretaría Única de esta
  Ciudad, a favor del Hospital General de Niños “Dr. Ricardo Gutiérrez”, del Hospital
  General de Niños “Dr. Pedro de Elizalde” y del Hospital Municipal de Oncología “Marie
  Curie”. El producto de la venta de los inmuebles integrantes del acervo hereditario se
  distribuirá en partes iguales entre todos los legatarios mencionados en el testamento
otorgado por la causante Heder Kelly MARTINA.
  Artículo 2°.- El legado a favor de los Hospitales indicados en el Artículo 1° de la presente
  ley, es con cargo de que el dinero legado sea utilizado para adquirir equipos médicos
  esenciales para la realización de estudios médicos.
  Artículo 3°.- Comuníquese, etc.
DIEGO SANTILLI           
CARLOS PÉREZ 
LEY N° 5922
Sanción: 07/12/2017
Promulgación: De Hecho del 08/01/2018
Publicación: BOCBA N° 5292 del 11/01/2018