Buenos Aires, 27 de noviembre de 2025.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Se cataloga con Nivel de Protección Especial Edilicia en los términos del artículo 9.1.3.2.2. Protección Especial Edilicia del Título 9 "Protección Patrimonial e Identidad" del Código Urbanístico, al inmueble ubicado en la calle Bacacay N° 3570 (actual 3558/62), en la Circunscripción 1, Sección 77, Manzana 123, Parcela 3A y se incorpora en forma definitiva al Anexo I "Catálogo de Inmuebles Protegidos" del Código Urbanístico.
Artículo 2°.- El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General Registro de Obras y Catastro o el organismo que en el futuro lo reemplace, debe asentar en la Documentación Catastral correspondiente, las catalogaciones incorporadas al Anexo I "Catálogo de Inmuebles Protegidos" del Código Urbanístico por medio de la presente Ley.
Artículo 3°.- Comuníquese, etc.
CLARA MUZZIO
PABLO SCHILLAGI
LEY N° 6.920
Sanción: 27/11/2025
Promulgación: De Hecho del 30/12/2025
Publicación: BOCBA N° 7281 del 12/01/2026