Los "sistemas de control inteligente de tránsito" se aplican en la Ciudad de Buenos Aires y en algunas provincias y municipios. Deben cumplir funciones preventivas y no sólo recaudatorias. Requisitos técnicos.
Nuestro país tiene el triste privilegio de estar al tope en las estadísticas mundiales sobre mortalidad y lesiones graves en accidentes de tránsito. Ello, pone de manifiesto una conducta proclive a violar las normas.
Los incesantes avances tecnológicos de las ultimas décadas han permitido crear nuevos sistemas mecánicos de control. Aparecen así los llamados "sistemas de control inteligente de tránsito", que a partir de la utilización de radares o equipos electrónicos permiten la captación de infracciones a través de fotografías (las "fotomultas"). En nuestro país es aplicado en la Cuidad de Buenos Aires y en distintas provincias y municipios.
Sin perjuicio de lo dicho, habrá que tener en cuenta que para que las "fotomultas" tengan plena validez se requiere el cumplimiento de ciertos requisitos técnicos y legales, pues la aplicación de nueva tecnología en materia de tránsito vehicular no debe hacernos olvidar que la finalidad de las infracciones debe ser, principalmente, de carácter preventivo y no meramente recaudatoria.
Por eso, conviene estar informado para saber como proceder ante cada situación.
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Todo sobre Fotomultas en Argentina
Datos Utiles:
Uso de medios electrónicos: para las infracciones está contemplada en el Art. 21 de la Reglamentación General de la Ley 24.449. Estos registros deberán contemplar como mínimo: la identificación del vehículo; la infracción cometida; el lugar, día y hora de la infracción; los equipos debe tener la aprobación dispuesta en el Apartado 9.5 del Anexo T (Sistema Nacional de Seguridad Vial).
Rutas nacionales: la Ley 25.560 prohíbe el uso del sistema de radar-foto para el control vehicular cuando no cumpla con la reglamentación metrológica y técnica establecida en la Resolución 753/98 de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería.
Control de radares: para verificar si el radar se encuentra homologado debe dirigirse al Área de Metrología Legal -dependiente de la Dirección de Lealtad Comercial de la Nación- al 4349-4078 o por nota a la Av. Julio A. Roca 651, Piso 4, Sector 26; indicando el número de radar y fecha de la infracción cometida.