Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 30 de agosto de 2018
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Modifícase el texto del artículo 13 de la Ley 3902 (Texto Consolidado por Ley 5666), el que quedará redactado de la siguiente manera:
"La operatoria creada en la presente ley tendrá vigencia hasta la efectiva regularización dominial de la totalidad de las unidades funcionales que se enmarquen en las situaciones descriptas en la misma."
Artículo 2°.- Comuníquese, etc.
FRANCISCO QUINTANA
CARLOS PÉREZ
LEY N° 6006
Sanción: 30/08/2018
Promulgación: Decreto Nº 308 del 19/09/2018
Publicación: BOCBA N° 5463 del 24/09/2018