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Inicio - Derechos - Mujer - Violencia (Mujer)
 
Mujer
Violencia (Mujer)

                                       Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 17 de noviembre de 2022

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º.- Dispónese el emplazamiento de un banco de color rojo, pintado con la leyenda "En memoria de todas las mujeres asesinadas por quienes decían amarlas"
Art. 2°.- El banco al que refiere el Artículo 1° de la presente ley será emplazado en el boulevard entre las Avenidas Escalada y Coronel Roca, sitio donde confluyen tres barrios, Villa Soldati, Villa Lugano y Villa Riachuelo, pertenecientes a la Comuna 8, a modo de homenaje por todas las víctimas de femicidio.

Art. 3°.- Inscríbese en la parte posterior del banco rojo los números de teléfono correspondientes a la jurisdicción cuyo objeto implica la asistencia a mujeres víctimas de violencia de género.

Art. 4°.-Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi.

DECRETO N.° 439/22

                                       Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 14 de diciembre de 2022  
En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley Nº 6.612 (E.E. Nº 44120203-GCABADGALE-2022) sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 17 de noviembre de 2022.

El presente Decreto es refrendado por la Señora Ministra de Espacio Público e Higiene Urbana, la Señora Ministra de Desarrollo Humano y Hábitat y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana y al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido, archívese.
 RODRÍGUEZ LARRETA - Muzzio - Migliore - Miguel


 

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