Jueves 28 de marzo de 2024   
Contenidos
Derechos
Acceso a la Justicia
Boletín Oficial
Leyes CABA
Decretos CABA
Resoluciones CABA
Normas Fundamentales
Códigos
Compilaciones
Convenios
Presupuesto y Finanzas
Institucional y Político
Planeamiento Urbano
Jurisprudencia
Porteño de Ley
Noticias de la Ciudad
Contáctenos
 
Sitios Relacionados

 
   
 
   
 
 
   
 
 
   
 
 
   

Herramientas
Reducir Tipografía
Aumentar Tipografía
Imprimir
Enviar a:

Otros Temas
Asistencia
Mediación
Códigos

Inicio - Derechos - Digesto Adicciones (DA) - Prevención (DA)
 
Digesto Adicciones (DA)
Prevención (DA)


RESOLUCIÓN Nº 123/GCABA/SSASS/10

 

 Publicada en el BOCBA 3514 del 29/09/2010

Buenos Aires, 13 de septiembre de 2010

VISTO:

El Decreto N° 392/GCBA/10 modificado por el Decreto N° 561/GCBA/10 y la Nota N° 1.047.446/DGSISIN, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Salud, a través de su área Sistemas Informáticos, viene desarrolando desde el año 2005, un sistema integrado para la gestión hospitalaria identificado bajo la denominación de SIGEHOS, que constituye la estructura básica para la administración de diversos procesos de los efectores de salud;

Que el mencionado sistema cumple en su desarrolo con todos los lineamientos respecto al uso de “Software Libre“ establecidos por la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en su carácter de órgano rector en la materia;

Que, asimismo, el SIGEHOS es la aplicación que permite dar cumplimiento a distintas normas que prevén el uso de una herramienta informática para la consecución de sus objetivos; tales como los previstos en la Ley 153; Ley 448; Ley 1226; Ley 1636; Ley 1815; Ley 2808 y Ley 2597;

Que la utilización de un sistema único de gestión de hospitales, al brindar información actualizada, unificada, sistematizada y confiable sobre turnos, identificación, diagnósticos, prestaciones, prescripciones e internaciones de pacientes, posibilita una mejor evaluación y control de la implementación de las políticas sanitarias del Ministerio de Salud;

Que, en tal sentido, resulta necesario dejar establecida la utilización de dicho sistema en las dependencias del Ministerio de Salud, con el fin de lograr una implementación homogénea, que procure la obtención de información confiable y la uniformidad del mantenimiento de sistemas y la implementación de los actuales y futuros proyecto;

Que con el objeto de asegurar eficiencia y eficacia en el propósito antes referido y de acuerdo con las responsabilidades primarias establecidas en la estructura orgánica del Ministerio de Salud, es preciso facultar a la Dirección General Sistemas Informáticos a fin que establezca los procedimientos, fechas y las modalidades de desarrollo, implementación y mantenimiento del SIGEHOS.

Por el o, y en uso de las facultades que le son propias,

 

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Establécese que el Sistema de Gestión Hospitalario “SIGEHOS“ será el único sistema informático de gestión a utilizarse en los efectores de salud dependientes del Ministerio de Salud.

Artículo 2°.- Facúltase a la Dirección General Sistemas Informáticos dependiente de esta Subsecretaría para el dictado de las normas y procedimientos complementarios para el desarrollo, mantenimiento e implementación del Sistema “SIGEHOS“ en los distintos efectores dependientes de este Ministerio.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese, notifíquese a la Dirección General Sistemas Informáticos y, para su conocimiento y demás efectos, pase a las Subsecretarías Administración del Sistema de Salud, Atención Integrada de la Salud y Planificación Sanitaria. Cumplido, archívese.

 




 

www.ciudadyderechos.org.ar