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DLDC
Articulo80


Buenos Aires, 01 de marzo de 2017

VISTO:

Las Leyes Nros. 5460 (texto consolidado Ley N° 5666) y 5688, el EE 2017-05366448- MGEYA-DGTALMJYS

CONSIDERANDO

Que la Ley N° 5460 (texto consolidado Ley N° 5666), establece las competencias del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Que por la Ley N° 5688 se establecieron las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual, en su Libro I, establece entre sus principios rectores a la Participación Ciudadana

Que, asimismo, la referida Ley, en su Libro II, creó la Policía de la Ciudad de Buenos  Aires que cumple con las funciones de seguridad general, prevención, conjuración, investigación de los delitos, protección y resguardo de personas y bienes, y de auxiliar de la Justicia

Que entre los principios rectores de la gestión de la seguridad pública se encuentra el de cercanía a través del conocimiento de las necesidades de la comunidad y la adaptación consecuente de la prestación de los servicios de seguridad, promoviendo la gestión democrática de las instituciones de la seguridad

Que se entiende de vital importancia, la inclusión de la Participación Ciudadana en el monitoreo de la gestión de las fuerzas de seguridad pública, como así también en el desarrollo de instrumentos de transparencia, eficiencia y eficacia a fin de mejorar la prestación del servicio de seguridad pública

Que estas herramientas participativas que cuentan con la voz y opinión de los vecinos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, buscan detectar de forma rápida y oportuna las mejorías que puedan implementarse en los servicios de seguridad, elaborándose diagnósticos y brindándose el debido seguimiento para su aplicación pertinente

Que dichas prácticas, asimismo, permitirán reconocer, fomentar y estandarizar aquellas buenas prácticas que se estén llevando a cabo en las distintas comisarías de esta Ciudad

Que en este contexto se propicia la directa interacción entre los vecinos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los Comisarios Jefes a cargo de las Comisarías de la Policía de la Ciudad

Que ha tomado intervención favorable la Gerencia Operativa de Legales de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el inciso 11 del artículo 18 de la Ley N° 5460 (texto consolidado Ley N° 5666)

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

Artículo 1.- Establécese el Plan "Comisarías Cercanas" en la órbita del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que consiste en reuniones abiertas, periódicas y mensuales con los vecinos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los Comisarios Jefes de las Comisarías de la Policía de la Ciudad, conforme los principios previstos en materia de Participación Ciudadana por la Ley N° 5688.

Artículo 2.- Convócase a los Comisarios Jefes de las Comisarías de la Policía de la Ciudad a las reuniones abiertas con vecinos en el marco del Plan "Comisarías Cercanas", que se desarrollarán mensualmente en las dependencias policiales o en los lugares que se determinen oportunamente.

Artículo 3.- Instrúyese a los Comisarios Jefes de las Comisarías de la Policía de la Ciudad a asistir de manera obligatoria a dichas reuniones abiertas.

Artículo 4.- Determínase que los reportes producidos en las reuniones abiertas serán remitidos a la Subsecretaría de Vinculación Ciudadana con la Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad para su sistematización y seguimiento.

Artículo 5.- Instrúyese al Subsecretario de Vinculación Ciudadana con la Seguridad a la convocatoria de vecinos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a las reuniones abiertas que se celebrarán en el marco del Plan establecido por el artículo 1 de la presente.

Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Vinculación Ciudadana con la Seguridad y a la Jefatura de la Policía de la Ciudad. Cumplido, archívese. 

Ocampo




 

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