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Derechos Humanos
Conmemoración (DDHH)


DECRETO N° 1247/ 08


Publicada en el BOCBA  N° 3049 del 04/11/2008.

 

Buenos Aires, 27/10/2008

VISTO:

La Ley N° 961 y el Expediente N° 16.884/2008, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 961 se creó el Instituto "Espacio para la Memoria" con carácter de ente autárquico en lo económico financiero y con autonomía en los temas de su incumbencia, cuya misión y función es el resguardo y transmisión de la memoria e historia de los hechos ocurridos durante el Terrorismo de Estado, con el objeto de promover la profundización del sistema democrático, la consolidación de los derechos humanos y la prevalencia de los valores de la vida, la libertad y la dignidad humana;

Que asimismo en su artículo 4°, inciso II, punto b) estableció que estará integrado por un Consejo Directivo conformado, entre otros, por cinco (5) miembros del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires designados por el Jefe de Gobierno;

Que continúa el punto e) de dicho artículo disponiendo que todos los miembros designados deben contar con un (1) suplente, siendo los miembros titulares y suplentes que integren el Consejo Directivo en carácter ad honorem durante el término de sus mandatos o cargos;

Que en ese sentido y teniendo en cuenta el cambio de autoridades operado en el ámbito de este Gobierno, resulta necesario proceder a la designación de los nuevos funcionarios que integrarán el Consejo Directivo del Instituto "Espacio para la Memoria";

Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Art. 1°.- Desígnanse, en representación del Poder Ejecutivo para integrar el Consejo Directivo del Instituto "Espacio para la Memoria", a los siguientes funcionarios:

Miembros Titulares:

Sr. Subsecretario de Derechos Humanos, Subsecretaría de Derechos Humanos, Vicejefatura de Gobierno.

Sra. Directora General de las Minorías y sus Garantías, Subsecretaría de Derechos Humanos, Vicejefatura de Gobierno.

Sra. Directora General de Patrimonio Cultural e Instituto Histórico, Subsecretaría de Patrimonio Cultural, Ministerio de Cultura.

Sr. Coordinador del Programa Educación y Memoria, Ministerio de Educación.

Sra. Coordinadora Técnica y Administrativa de Obras de Memoria, Ministerio de Desarrollo Urbano.

Miembros Suplentes:

Sr. Director General de Atención y Asistencia a la Víctima, Subsecretaría de Derechos Humanos, Vicejefatura de Gobierno.

Sra. Jefa del Departamento de Investigaciones del Instituto Histórico de la Ciudad de Buenos Aires, Ministerio de Cultura.

Sr. Jefe del Departamento de Investigación de Historia Oral del Instituto Histórico de la CABA, Ministerio de Cultura.

Sr. Director Titular de la Escuela 7 D.E. 13, Ministerio de Educación:

Sr. Director General de Obras de Arquitectura, Ministerio de Desarrollo Urbano.

Art. 2°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Cultura, de Educación, de Desarrollo Urbano y de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Art.3°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Instituto "Espacio para la Memoria" y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a los Ministerios de Desarrollo Urbano, de Cultura y de Educación, al Instituto Histórico de la Ciudad de Buenos Aires y a la Subsecretaría de Derechos Humanos dependiente de la Vicejefatura de Gobierno. Cumplido, archívese.

 




 

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