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Inicio - Derechos - Cultura y Patrimonio - Subsidios (CyP)
 
Cultura y Patrimonio
Subsidios (CyP)


RESOLUCIÓN Nº 1217/GCABA/MHGC/11

Publicada en el BOCBA 3725 11/08/2011

 

INCREMENTA A PARTIR DEL 1° DE MARZO DE 2011 EL SUBSIDIO VITALICIO PREVISTO EN LA LEY N° 2199 ASOCIACIÓN DE ARTISTAS PREMIADOS ARGENTINOS -APA


                                                                          Buenos Aires, 02 de agosto de 2011

 

VISTO:

La Ordenanza N° 44.370, la Ley N° 2.199, el Acta de Comisión Paritaria Central N° 01/08, el Acta Acuerdo del 26 de marzo de 2010, el Expediente N° 1.520.172/10 e incorporados, y

CONSIDERANDO:

Que por dichos actuados tramita el reclamo efectuado por la Asociación de Artistas Premiados Argentinos (APA), solicitando al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se respete lo dispuesto por la Ley N° 2.199 y se liquiden los haberes actualizados;

Que la Ordenanza N° 44.370 otorga un subsidio mensual y vitalicio a los artistas premiados con el Premio Municipal;

Que por Ley N° 2.199 oportunamente se modificó la ordenanza citada y se otorgó a los premiados "un subsidio mensual y vitalicio equivalente a la asignación correspondiente al Agrupamiento Técnico Tramo B Nivel 01 del Convenio Colectivo de Trabajo vigente o la categoría que lo reemplace en el futuro", como manera de garantizar la actualización automática de los subsidios que perciben los artistas premiados;

Que los sucesivos aumentos de haberes acordados en Paritarias y otorgados al personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante los años 2009 y 2010 no necesariamente importaron una modificación del haber del escalafón, siendo en cambio compuestos por sumas no remunerativas y adicionales, que no se reflejaron, en consecuencia, en los subsidios de los artistas premiados, quedando los mismos en el nivel de agosto de 2008;

Que la Procuración General, en su Dictamen PG N° 81.533/10 hace lugar al reclamo de APA entendiendo que "correspondería conceder el suplemento denominado Fondo de Garantía como así también los aumentos otorgados por Acta N° 01-08 y Acta Acuerdo del 26 de Marzo de 2010 […]", remitiendo a los Dictámenes PG N° 62640/08, N° 68759/08 y N° 77759/10.

Por ello, conforme a las atribuciones por la Ley N° 2506, el Decreto N° 2075/07 y modificatorios,

 

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE

Artículo 1°.- Increméntese a partir del 1° de marzo de 2011 el subsidio vitalicio previsto en la Ley N° 2.199 a la suma de pesos tres mil novecientos dieciséis con sesenta y seis centavos (3916,66).

Artículo 2°.- Dése intervención a la Ex Dirección Liquidación de Haberes a los efectos previstos en el artículo anterior.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura, a las Direcciones Generales de Administración, Contaduría, y Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo, debiendo esta última notificar fehacientemente a la Asociación Civil de Artistas Premiados Argentinos (APA) de la presente Resolución de conformidad a lo establecido en el Capítulo VI -Notificaciones- de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por Decreto N° 1510/97, indicando que la presente no agota la vía administrativa, y que contra la misma puede interponerse recurso de reconsideración en el plazo de diez días hábiles, o recurso jerárquico en el plazo de quince días hábiles (conf. arts. 103, 109 y ccs. de la ley citada). Cumplido, archívese. Grindetti

 




 

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