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RESOLUCIÓN Nº 27/GCABA/COPIDIS/10

 

Publicada en el BOCBA 3499 del 08/09/2010

 

Buenos Aires, 01 de septiembre de 2010

 

VISTO:

Las Leyes N° 447, N° 1.502 , N° 3.230, y el Decreto N° 1.341/05, y Resolución nro. 19/COPIDIS/2010;

Y CONSIDERANDO:

Que el Artículo 9° de la Ley N° 1502 encomienda a esta Comisión la gestión del Registro Único Laboral de Aspirantes con Discapacidad (en adelante, RUL).

Que, en tal sentido, la praxis relativa a dicho Registro ha puesto de manifiesto la necesidad de actualización de los datos de los inscriptos en el Registro Único Laboral, correspondiendo asimismo adecuar los mecanismos de empadronamiento e inscripción para el logro de los objetivos de la gestión.

Que, en virtud de ello, se dictó la Resolución N°. 19/COPIDIS/2010, que fuera publicada en el Boletín Oficial N°. 3466, mediante la cual se aprueba el Reglamento de Regularización de Datos e Inscripción en el Registro Laboral Único de Aspirantes con Discapacidad, a fin de que las personas con discapacidad que se encuentran inscriptas en el RUL actualicen los datos que figuran en la Base de Datos del mismo, entre el 2 de agosto y el 30 de septiembre del corriente año.-

Que, siendo de suma importancia poder contar con los datos actualizados de todas las personas que se encuentren inscriptas en el RUL, y teniendo en cuenta que la actualización se realiza mediante la implementación de un sistema informático que aún no resulta óptimo, por razones ajenas a esta Comisión, en virtud de requerirse un ágil funcionamiento del sistema, es que se hace necesario prorrogar la fecha de vencimiento contemplada en primer término, para, así, poder dar eficiente respuesta a la solicitud de re actualización de datos de los postulantes.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

 

LA PRESIDENTE DE LA COMISIÓN

PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN E INCLUSION DE LAS PERSONAS

CON DISCAPACIDAD

RESUELVE

ART.1°- PRORROGASE el plazo de vencimiento de Regularización de Datos e Inscripción en el Registro Laboral Único de Aspirantes con Discapacidad, hasta el 15 de Diciembre del corriente año, de conformidad con el Anexo I que integra la Resolución Nro. 19/COPIDIS/2010.-

ART. 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.- Klemensiewicz

 




 

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