DECRETO N° 571/09
Publicado en el BOCBA 3207 del 02/07/2009
Buenos Aires, 24 de junio de 2009.
VISTO: La Ley N° 472 Y su modificatoria N° 627, la Ley N° 2637, los Decretos Nros.
20/08, 819/08 Y 176/09 Y el Expediente N° 32.450/09 Y su acumulado N° 29.328/09, Y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 472 Y su modificatoria N° 627 se creó la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (Ob.S.B.A), continuadora del entonces Instituto Municipal de Obra Social (I.M.O.S), con carácter de ente público no estatal;
Que dicha norma establece que la obra social es administrada por un Directorio, integrado por un presidente, un vicepresidente y diez directores, todos los cuales son designados por el Poder Ejecutivo;
Que, a su vez, dispone que el Presidente y cuatro Directores son propuestos por el Sindicato Único de Trabajadores y Empleados de la Ciudad de Buenos Aires, un Director por la Asociación de Médicos de la Ciudad de Buenos Aires y que el Vicepresidente y cuatro Directores son propuestos por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, asimismo, se fija la duración del mandato del Directorio en cuatro años, pudiendo ser reelegidos sus integrantes sólo una vez y se estipula que los designados en una instancia posterior al inicio de tareas del cuerpo orgánico finalizarán sus mandatos al expirar el plazo del Directorio en ejercicio a la fecha de su nombramiento;
Que el último Directorio fue designado por Decreto N° 206/07, iniciando su mandato el 1° de febrero de 2007;
Que posteriormente por Decretos Nros. 2132/07 y 2133/07 se establecieron ceses y designaciones en el mismo;
Que por Ley N° 2637 la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires facultó al Poder Ejecutivo a intervenir la mencionada Obra Social por el término de ciento ochenta (180) días corridos, prorrogables por similar plazo, a fin de dar cumplimiento a lo prescripto por los artículos 37 y 38 de la Ley N° 472.
Que, en ese sentido, por Decreto N° 20/08 se dispuso la referida Intervención, estipulándose, a su vez, el cese en sus funciones del Directorio en ejercicio a ese momento y por Decreto N° 819/08 se prorrogó la misma por los plazos detallados precedentemente;
Que a fin de asegurar la libre opción de obra social a los afiliados activos comprendidos en la mencionada Ley N° 472 se remitió proyecto de ley al Cuerpo Legislativo mediante Mensaje N° 159/08, sancionándose, en ese sentido, la Ley N° 3021;
Que, habiendo finalizado la Intervención con fecha 08/03/09, por Decreto N° 176/09 se designó al nuevo Directorio de la Obra Social;
Que, el Dr. Carlos Samaniego, D.N.I. N° 11.478.244, ha presentado su renuncia como Vicepresidente del aludido Directorio,
Que, en ese sentido, se propicia la designación en el mencionado cargo del Dr. Carlos Javier Regazzoni, D.N.I. 18.602.838, quien a su vez, ha presentado su renuncia como Coordinador General del Organismo Fuera de Nivel Unidad Ejecutora de la Ex AU3 del Ministerio de Desarrollo Urbano, en el que fuera designado por Decreto N° 1072/08; Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 Y 104 de la Constitución Autónoma de Buenos Aires y de las atribuciones asignadas por el artículo 6° de la Ley N° 472,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA
Artículo 1°.- Acéptase, a partir del 29 de mayo de 2009, la renuncia presentada por el Dr. Carlos Alfredo Samaniego, D.N.!. N° 11.478.244, al cargo de Vicepresidente de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Desígnase, a partir del 29 de mayo de 2009, al Dr. Carlos Javier Regazzoni, D.N.I. N° 18.602.838, como Vicepresidente de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires, aceptándosele la renuncia como Coordinador General del Organismo Fuera de Nivel Unidad Ejecutora Ex - AU 3 del Ministerio de Desarrollo Urbano.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Hacienda y de Desarrollo Urbano y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires, a los Ministerios de Hacienda y de Desarrollo Urbano, a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. MACRI Grindetti - Chain - Rodríguez Larreta