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Inicio - Derechos - Cultura y Patrimonio - Teatro
 
Cultura y Patrimonio
Teatro

Buenos Aires, 12/01/2009


VISTO: La Ley N° 2.855, el Decreto N° 1.342/08 y el Expediente N° 74.730/08, y


CONSIDERANDO:

Que por la Ley mencionada en el Visto se creó el "Ente Autárquico Teatro Colón" en el mbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía funcional y autarquía financiera, con la organización y competencias determinadas en la citada Ley;

Que el referido ente autárquico tiene como misión la creación, formación, representación, promoción y divulgación del arte lírico, coreográfico, musical- sinfónico y de cámara- y experimental, en el marco de las políticas culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 1.342/08 se dictó el reglamento que establece los lineamientos básicos necesarios para la adecuada implementación de la referida ley;

Que atento la complejidad de funciones a cargo del Ente Autárquico Teatro Colón, conforme a los términos del art. 3° de la Ley N° 2.855, resulta necesario crear una Comisión Honoraria de Notables que colabore con la organización general del mencionado Organismo;

Que en éste orden de ideas corresponde designar a los miembros integrantes de la Comisión cuya creación se propicia;

Que en éste sentido se propicia la designación con carácter ad-honorem de los Señores Alberto Guillermo Bellucci, Roberto Oswald, Mario Perusso y de la Señora Gisela Timmermann;

Que a tal efecto resulta pertinente dictar la normal legal que posibilite lo requerido.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,


EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1°.- Créase la Comisión Honoraria de Notables en el ámbito del Ente Autárquico Teatro Colón.

Artículo 2°.- La Comisión creada por el artículo 1° tendrá a su cargo las funciones detalladas en el Anexo que como tal forma parte integrante del presente.

Artículo 3°.-Déjase establecido que las opiniones emitidas por la Comisión Honoraria de Notables tendrán carácter no vinculante.

Artículo 4°.- Desígnase a los Señores Alberto Guillermo Bellucci L.E. N° 4.296.438, CUIT N° 20-04296438-8, Roberto Oswald D.N.I. N° 5.584.784, CUIT N° 20-05584784-4, Mario Perusso D.N.I. N° 4.183.767, CUIT N° 20-04183767-06, y a la Señora Gisela Timmermann D.N.I. N° 93.383.524, CUIT N° 27-93383524-9, como miembros integrantes "ad-honorem" de la Comisión Honoraria de Notables creada por el artículo 1° del presente.

Artículo 5°.- El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Cultura y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 6°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Cultura y al Ente Autárquico Teatro Colón y, para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.
Anexo

Asesorará al Jefe de Gobierno respecto de la funcionalidad teatral, artística y estética relacionada con el plan de obra actualmente en desarrollo y al programa de puesta en valor del Teatro Colón.

Revisar el Programa de Necesidades aprobado por la Dirección Coordinación Ejecutiva del Teatro Colon en octubre 2008.

Emitir opinión sobre el Programa de Necesidades aprobado por la Dirección Coordinación Ejecutiva del Teatro Colon en octubre 2008 y sobre los Planos de Zonificación elaborados en base a dicho programa.

Proponer correcciones al mencionado Programa y, consiguientemente a la asignación de superficies para los Cuerpos artísticos y técnicos.

Fijar criterios de prioridades sobre las Obras imprescindibles para la reapertura del Teatro, en función de la modalidad de producción del Teatro y de las limitaciones presupuestarias.




 

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